22/10/10

Prensa SENADOR NACIONAL MARCELO GUINLE: Lealtad Comercial

PRENSA HSN

SENADOR NACIONAL MARCELO GUINLE

Buenos Aires, 22 de octubre de 2010

· El Senado aprobó un nuevo proyecto de Marcelo Guinle

ENDURECEN LAS PENAS A QUIENES REINCIDAN EN VIOLACIONES A LA LEY DE LEALTAD COMERCIAL

El Senado de la Nación aprobó esta semana por unanimidad el proyecto del legislador chubutense Marcelo Guinle que impulsa una serie de modificaciones a la Ley de Lealtad Comercial, como el agravamiento de penas a aquellas grandes cadenas comerciales que reincidan en incumplimientos o la posibilidad de clausurar sus establecimientos.

“Esta norma, que ha demostrado en oportunidades su eficiencia para castigar a quienes violan los derechos de consumidores y la lealtad en las relaciones comerciales, tiene en la práctica falencias a la hora de actuar ante casos de reincidencia. Impulsamos entonces una modificación que imponga sanciones mayores y una nueva caracterización de lo que se considera reincidente a los efectos de la lealtad comercial”, explicó Guinle.

“De hecho, buscamos que la sanción a aplicar debe tenga una entidad suficiente como para disuadir al infractor de volver a violar la ley al tiempo que envíe una señal al resto de las empresas respecto de la vigencia real de las normas”, agregó. En este sentido, el proyecto prevé para los casos de reincidencia la duplicación de los límites mínimo y máximo de las multas e incorpora como posible sanción accesoria el decomiso de la mercadería en infracción y la clausura del establecimiento.

Grandes supermercados en la mira

De los informes y estadísticas llevadas la Dirección Nacional de Comercio Interior surge palmaria la reiteración de infracciones, incluso frente a la misma o distinta falta cometida en general por empresas supermercadistas: Del total de 115 empresas sancionadas (2006), el 36,6% correspondió a cadenas de supermercados. En tanto todas ellas salvo una (Dia Argentina S.A.), registraron más de una infracción a la Ley 22.802 en el plazo de dos meses: dos con 5 infracciones, 2 con 10 infracciones y una con 11 infracciones.

En el fallo “Carrefour Argentina S.A. s/Ley 22.802”, la sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones del en lo Penal Económico (el 10/11/06) mencionó que sólo la firma Carrefour, en el período que iba del 8/02/03 al 8/02/06 (3 años) registraba 23 sanciones firmes. Y que en el periodo que iba del 1/2/98 al 8/2/03 otras 36 sanciones previas. Al momento del fallo en el año 2006, la empresa tenía 10 sumarios abiertos por infracciones aún no resueltas.

"Como sociedad, no podemos aceptar la teoría de que la competencia "en cualquiera de sus formas" sirve al bien común. Solamente la competencia leal lo hace. El objetivo que este proyecto persigue no es otro que el ordenamiento de las prácticas comerciales y su ejercicio conforme a derecho", remarcó Guinle.