23/3/11

Proyecto del dip. Pais sobre “Daño Ambiental”

Les remito una gacetilla de prensa del diputado nacional Juan Mario Pais (FpV/PJ - Chubut) en la cual el legislador promueve elevar el plazo de la prescripción para la acción de recomposición ante un daño ambiental, entre otras medidas impulsadas a través de un Proyecto de Ley, para la preservación del medio ambiente.
Quedo a disposición por cualquier consulta.
Saludos cordiales
Ramiro de Anchorena

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Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Dr. JUAN MARIO PAIS

DIPUTADO DE LA NACIÓN

GACETILLA DE PRENSA 23-3-2011

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Por el cuidado del planeta en el marco del calentamiento global

Pais impulsa medidas para la preservación del ambiente

El diputado nacional Juan Mario Pais (FVP/PJ Chubut) presentó un proyecto de ley con el objetivo de elevar el plazo de la prescripción para la acción de recomposición ante un daño ambiental de 2 a 30 años, plazo éste a computarse desde que se produjo el hecho que lo causó, desde su primera manifestación o a partir de que pueda apreciarse el daño en casos de procesos prolongados de contaminación.

Acompañamiento a la iniciativa de otros legisladores nacionales

Los diputados nacionales Omar Plaini, Héctor Recalde, Jorge Cejas, Diana Conti, Dante González, Raúl Barrandeguy, Graciela Giannettasio y Blanca Blanco de Peralta adhirieron a la propuesta del diputado patagónico, y acompañaron al autor en esta iniciativa que modifica la ley general del ambiente tendiente a mejorar los instrumentos de protección ambiental.

Más plazo para reclamar y el daño punitivo

El legislador chubutense impulsó la medida para evitar que por el transcurso de muy poco tiempo queden liberados de responsabilidades de recomposición ambiental quienes degradan de cualquier forma el ambiente, en especial en actividades productivas tales como la minería, exploración y explotación hidrocarburíferas, y la agropecuaria.

Además, la iniciativa promueve incorporar el daño punitivo como categoría nueva de resarcimiento, siendo un adicional a la indemnización para que funcione como una multa civil impuesta por el juez atendiendo a la capacidad económica del responsable, así como el tipo de actividad, industria y la finalidad de lucro que la actividad degradante del ambiente hubiere tenido.

En este sentido, Pais afirmó: “Debemos procurar que ante la eventualidad de la producción de daños ambientales, que por su carácter atípico pueden llegar a ocultarse por un tiempo prolongado, resulte conveniente ampliar los plazos de prescripción de las acciones correspondiente a los daños mencionados, a fin de mejorar las herramientas para la protección del ambiente sano de manera más vehemente”.

En cuanto al daño punitivo, sostuvo el autor que “su objetivo es prevenir este tipo de acciones, además de tratarse de un castigo ante un acto indebido, pues en materia ambiental, la reparación del daño resulta insuficiente para alcanzar el restablecimiento pleno de la legalidad, ya que subsiste un beneficio económico derivado directamente del ilícito a favor de quien delinquió, presentándose los daños punitivos como la herramienta más adecuada para desmantelar los efectos del ilícito”.

Por otro lado, Pais sostuvo: “En virtud de experiencias recientes, la preocupación por las condiciones ambientales del planeta, como hábitat y sustento de la vida humana, debe constituir un elemento central de las políticas públicas, tanto en la ejecución de acciones de prevención y preservación ambiental como en la implementación de un marco jurídico adecuado”.

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Ramiro de Anchorena - Asesor de Prensa del Dip. Nac. Juan Mario PAIS

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