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31/5/16

Fiscalía de Esquel: Juicio por presuntas estafas en el Hogar de Ancianos

Juicio por presuntas estafas en el Hogar de Ancianos

Comenzó el debate oral en el que se pretende dilucidar si desde la Dirección del Hogar “Juan Domingo Perón” se estafó a varios de los ancianos alojados en la institución. Este martes las partes realizaron sus alegatos presentando su teoría del caso al juez Ricardo Rolón.

Está previsto que las declaraciones testimoniales se prolonguen a lo largo de dos semanas.

El fiscal Fidel González expuso su caso relatando el modo en que comenzó la investigación a partir de la denuncia presentada por la hija de dos ancianos. La denunciante había constatado un faltante en la cuenta de su madre y al reclamar al banco le informaron que el dinero había sido retirado por cajero automático en Trevelin.

El video facilitado por la entidad permitió establecer que quién realizó ese retiro de efectivo había sido personal del Hogar. Por ese hecho y por otras estafas que afectaron a los ancianos alojados en las casas tuteladas, Zulma Amed reconoció su responsabilidad y fue condenada a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por el mismo tiempo para desempeñar cargos públicos.

Otros dos legajos fiscales son los que ahora llegaron a juicio. La investigación demandó peritajes contables que dieron cuenta de diferencias entre el dinero que percibían los ancianos y sus saldos de cuenta. La hipótesis de González es que el dinero faltante no fue utilizado por los ancianos, al menos no en su totalidad ya que el Estado cubría los principales gastos de quienes estaban alojados en el hogar.

Respecto de las diferencias que, en el transcurso de siete años, serían próximas a un total de $700 mil, la acusación responsabiliza a la entonces directora de la institución Amelia Macayo, quien ahora enfrenta el juicio.

Por su parte la defensa particular a cargo de la Dra. Graciela Conesa, indicó que rechaza la acusación tanto en lo que se refiere al relato de los hechos como en lo relativo a los términos jurídicos. La letrada sostuvo que el relato de los hechos presentado por la Fiscalía no tiene en cuenta el contexto en que se produjeron.

También señaló que probará que los ancianos tienen muchos compromisos de gastos que no cubre su permanencia en el Hogar y que el peritaje contable no contempla la totalidad de esas erogaciones.

La letrada anticipó que al finalizar el debate solicitará la absolución de su defendida.


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30/5/16

Fiscalía de Esquel: Imprudencia al volante sancionada con prisión en suspenso e inhabilitación

Fiscalía de Esquel:

Una imprudencia al volante fue sancionada con pena de prisión en suspenso e inhabilitación

Una imprudencia al volante fue sancionada con pena de prisión en suspenso e inhabilitación

Descuido, falta de atención y cuidado durante escasos cinco segundos y a baja velocidad, fueron suficientes para protagonizar una colisión con resultado de lesiones leves. No hubo acuerdo entre las partes y el caso llegó a juicio. Hoy el juez Hernán Dal Verme dictó sentencia condenatoria fijando pena de nueve meses del prisión en suspenso, un año y medio de inhabilitación para manejar vehículos, reglas de conducta como la realización de un curso de manejo y 30 horas de trabajo comunitario, además de las costas del proceso.

El 27 de septiembre de 2014 a las 16:10 hs. aproximadamente, colisionaron dos vehículos en la intersección de la calle Cámpora y la Av. Ameghino de Esquel. El imputado circulaba solo en un Volkswagen Gol por la calle de ripio, en sentido Alvear a Ameghino cuando se dispuso a maniobrar tomando por Ameghino a su izquierda en dirección a su domicilio, para lo cual debía ingresar al puente que cruza el arroyo Esquel.

En sentido contrario, por la ruta 259 hacia Esquel, circulaba una pareja en un Renault Scenic. Este vehículo cruzó el puente del Arroyo Esquel y cuando se disponía a cruzar la intersección de la arteria por la que se desplazaba –a esa altura denominada Avenida Ameghino- y la calle Cámpora, se produjo la colisión con el guiado por el acusado.

Las pericias no pudieron establecer la velocidad de circulación. La teoría de la defensa fue que el Gol transitaba a baja velocidad, que miró antes de cruzar la avenida y no venía ningún rodado, miró a la derecha y en ese lapso apareció a toda velocidad el Scenic (70 k/h a criterio del imputado), por lo cual no atinó a evitar el choque. Ambas partes estuvieron de acuerdo en que el conductor del Gol, Martín Pena, no detuvo el vehículo sino que circulaba muy despacio y que lo hizo mirando hacia su derecha para verificar si venía algún auto desde el centro de Esquel hacia la Portada de salida.

También se pudo verificar que Pena tenía un campo visual de aproximadamente cien metros, sin obstáculos, salvo la baranda metálica del puente.

La fiscal María Bottini, había acusado por lesiones graves  y lesiones leves culposas, sin embargo el juez no tuvo por probado que las lesiones graves fueran causadas a raíz de este incidente, sino únicamente las leves. En el momento de la colisión el conductor del Scenic estaba muy ofuscado y no quiso ser trasladado al hospital. Acudió al nosocomio con posterioridad y en las placas que se le realizaron no se constató la lesión que aparecería varios días más tarde en otra práctica médica. Sin embargo sí tuvo el magistrado por probadas las lesiones leves que sufrieran tanto el conductor como su acompañante.

La pericia accidentológica fue cuestionada por la defensa particular ejercida por el Dr. Edgardo Manosalva. El letrado planteó que no había habido control de la defensa en su realización, algo que ya había planteado en la audiencia preliminar y el juez había rechazado, entre otros motivos porque existía una notificación previa a la pericia. En su sentencia Hernán Dal Verme sostuvo que "el imputado como el defensor tuvieron sobradas oportunidades para controlar la pericia e incluso solicitar su ampliación", pero no lo hicieron. "No puede lograrse esta descalificación con la sola invocación de una exploración en internet posterior a la declaración del experto y de cuyo control quedó exento el MPF y el propio Tribunal", indicó el magistrado, concluyendo que "la defensa no logró poner en crisis la pericia a través de contraexamen".

Qué conducta se cuestiona

"La violación normativa que se le atribuye a Martín Pena, consiste en no haber respetado la prioridad de paso que la ley le acordaba" al conductor del Scenic. El acusado "circulaba por una calle de tierra y ripio y pretendía acceder a una arteria asfaltada –avenida con doble sentido de circulación- y, además, pretendía tomar esta avenida girando hacia su izquierda", apuntó el juez. La prioridad de paso en tales términos esta prevista en el art. 41 inc. “g” apartados 1 y 3 de la ley XIX Nº 26, ley Nacional 24.449.

Por otra parte "el art. 39 inc. “b” establece “En la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo o animal, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito” y sigue “Cualquier maniobra deben advertirla previamente y realizarla con precaución, sin crear riesgo ni afectar la fluidez del tránsito”.

Como el conductor del Gol circulaba por una arteria de ripio e iba a ingresar a una avenida de doble circulación doblando a la izquierda "era él quién tenía la obligación de cerciorarse que por la Avenida Ameghino no circularan automotores. Realizar esta maniobra sin tomar los debidos recaudos implica generar un riesgo jurídicamente desaprobado."

"El acusado realizó esta maniobra de modo imprudente, y por ello se produjo la colisión", entendió Dal Verme. "Si se hubiera detenido totalmente en la esquina, y hubiera mirado a su izquierda en el momento de invadir el carril de circulación de Lezcano, lo habría visto sin dudas". Para el juez fue imprudente al iniciar una maniobra riesgosa sin adoptar los debidos recaudos para asegurarse que nadie con prioridad de paso circulara por la avenida.

Para determinar la pena, el juez consideró como agravante que hubo más de una víctima, el daño producido y la edad, educación e inteligencia demostrada por el señor Pena, lo que evidencia que tiene mayores posibilidades que el promedio de las personas para motivarse en la norma que le era exigible cumplir. Por el contrario, son atenuantes la falta de antecedentes penales y la preocupación demostrada luego del hecho, por la salud de las víctimas.

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29/5/16

El dirigente mapuche Jones Huala declaró y hubo manifestación

El dirigente mapuche Jones Huala declaró y hubo manifestación

Cerca de las 11 de la mañana, Jones Huala fue trasladado desde la comisaría Primera al Juzgado Federal de Esquel, donde fue a prestar declaración por la causa que lo tiene como principal imputado por usurpación, portación de arma de guerra y abigeato.

Jones Huala ingresando al Juzgado- imagen de Danny vía Twitter

Jones Huala ingresando al Juzgado- imagen de Danny vía Twitter

Hoy a la mañana, con fuerte custodia policial, fue ingresado a la sede del Juzgado Federal de Esquel el dirigente mapuche Facundo Jones Huala, que fue detenido el viernes a primera hora en la zona entre Leleque y Vuelta del Río, en el Oeste de Chubut.

Unos 15 efectivos armados custodiaron el traslado. A las 13:30 hs comenzó la audiencia de control de detención, donde estuvo ante el Juez Martín Zacchino y con presencia de los fiscales Camila Banfi de Comodoro Rivadavia y Oscar Oro de la Comarca Andina.

Afuera del juzgado, diferentes dirigentes mapuches se manifestaron en contra de la detención de Jones, por lo que hubo presencia policial.

Además del mencionado Jones Huala, comparecieron 6 personas más de la comunidad de resistencia mapuche que ocupa un predio en campos de Benetton en zona de Leleque sobre la Ruta 40 intersección con el camino a El Maitén.

Una vez procesado será entregado a Interpol para ser sometido a proceso en Chile donde está sospechado de protagonizar ataques incendiarios en tierras de propiedad privada reclamadas por la comunidad mapuche.

VERIFICARON LAS CONDICIONES DE DETENCIÓN

Tras la detención del activista, el subsecretario de Derechos Humanos provincial, Fernando Peralta, se presentó en la dependencia policial donde se encuentra alojado.

Con el objetivo de verificar las condiciones de detención del activista que ayer fue arrestado en Esquel, Facundo Francisco Jones Huala, el subsecretario de Derechos Humanos, Fernando Peralta, se presentó en la Comisaría 1° de la ciudad cordillerana. En ese sentido afirmó que "desde su área se está haciendo un seguimiento del caso con el fin de que se cumplan todas las garantías necesarias".

Es por eso que desde la Subsecretaría de Derechos Humanos destacan que tras la detención de Jones Huala, que tenía pedido de captura internacional, desde el organismo provincial se encuentran efectuando un "seguimiento pormenorizado del caso".

Peralta en horas de la tarde de este viernes se hizo presente en la Comisaría 1° de Esquel, con el propósito de constatar las condiciones de detención de Jones Huala y las demás personas que fueron capturadas en el marco de un importante operativo en la zona de Leleque.

En este sentido Peralta destacó "fui con el fin de corroborar algunas cuestiones puntuales, como las condiciones del lugar donde fue alojado, el tema de la calefacción, el trato digno, entre otras. En otros casos ya hemos hecho lo mismo, constatando si se están respetando todos los pasos y las garantías necesarias que desde el Estado se deben brindar para que no se comentan atropellos ni vulneración de los Derechos Humanos".

Por último indicó que "además de realizar una recorrida y relevamiento en la dependencia policial donde se encuentra detenido, también me interiorice de la situación judicial de Jones Huala y los demás detenidos, y los pasos que se seguirán en los próximos días".

EL PATAGÓNICO


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28/5/16

Fiscalía de Esquel: Audiencia Facundo Jones Huala

Fiscalía de Esquel:

Audiencia Facundo Jones Huala

Facundo Jones Huala fue aprehendido en un procedimiento en Leleque

Esta mañana llevó a cabo una orden de allanamiento en el predio ocupado en la zona próxima al cruce a El Maitén, en Leleque. Se secuestraron armas de fuego de guerra y se habría constatado la faena de ganado mayor. Francisco Facundo Jones Huala, sobre quien pesa una orden de captura internacional, fue aprehendido en el lugar y este sábado será llevado a una audiencia de control de detención. Hay más detenidos por delitos flagrantes como la portación de armas de fuego y abigeato.

La investigación realizada implicó vigilancias que se llevaron a cabo en la zona ocupada durante varios meses. Recientemente se constató que estaban en el lugar dos sujetos con pedido de captura por la Interpol: Facundo Jones Huala y Gael Vázquez. Vázquez intentó cruzar a Chile y fue aprehendido en la frontera hace pocos días.

La investigación de hechos de gran violencia cometidos en Chile, está a cargo de la fiscalía de Río Bueno. Los fiscales que tienen actualmente la información en nuestra provincia, tomaron contacto y el Estado chileno habilitó el acceso al expediente de investigación que lleva el país trasandino.

Luego de la detención de Vázquez, se requirió rápidamente el allanamiento para lograr la aprehensión de Jones Huala. La medida fue autorizada con por el juez, indicando que debía filmarse todo el procedimiento y siguiendo los protocolos del caso.

Jones Huala será llevado este sábado a los tribunales locales para realizar el control de la detención, la formalización de la investigación respecto de los hechos que se le atribuyen y luego quedará a disposición de la justicia federal.

La audiencia tendrá lugar pasado el mediodía.

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20/5/16

Fiscalía de Esquel: Sistema penal acusatorio

Fiscalía de Esquel: Sistema penal acusatorio

El Procurador General de Chubut, Jorge Luis Miquelarena, participa con el Consejo de Federal de Política Criminal, de charlas sobre el Sistema Penal Acusatorio vigente en Estados Unidos.

La actividad tiene lugar en la facultad de Derecho de la UBA. Los expositores son fiscales federales de EEUU y agentes de la DEA.

El sistema acusatorio es el que se encuentra vigente en Chubut y al que poco a poco van mutando sus sistemas procesales distintas provincias argentinas. El sistema de justicia federal de nuestro país sigue con el viejo sistema inquisitivo.

Estados Unidos diseñó el sistema acusatorio a partir de la influencia inglesa, recibida durante los años en que fue colonia. La idea que gestó el sistema es la de un proceso de partes en el que la afectada debía probar la violación de su derecho imputable al acusado. Cuando la acusación dejó de ser función de la víctima y fue asumida por el Estado en representación de la comunidad como un todo, el deber de probar quedó a cargo del acusador, aunque también la defensa tiene responsabilidad de probar sus planteos ante el juez.

El término adversarial o adversativo refiere a que existe una división de responsabilidades entre quien toma la decisión y las partes: la decisión corresponde a un tercero imparcial que adopta una posición en virtud de la prueba aportada por las partes adversarias.

Por su parte la DEA (Drug Enforcement Administration) es la Administración para el Control de Drogas, dependiente del Departamento de Justicia de EEUU. Es la agencia habilitada para coordinar y realizar las investigaciones anti droga en el extranjero.

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