Rechazan apelación defensiva de acusado por robar estéreo y parlantes de un auto
El tribunal de la Cámara Segunda del Crimen rechazó la apelación del procesamiento que intentó la defensora Romina Martini y confirmó la medida dictada contra el presunto autor de un robo contra un vehículo estacionado en El Bolsón, al que habría robado un estéreo y un juego de parlantes.
El sujeto fue procesado por un hecho ocurrido el 17 de mayo de 2015, en horas de la madrugada, cuando en la intersección de las calles Dorrego y Onelli de El Bolsón, rompió el cristal trasero izquierdo de un Ford Escort estacionado en la vía pública y se apoderó del equipo de sonido del rodado. El ladrón escapó con el aparato marca Sony, un juego de parlantes Xplod y una potencia de 1000 watts, huyendo ante la activación de la alarma del automóvil.
El rápido accionar policial permitió que el sujeto sea detenido pocos minutos después del hecho, recuperándose el juego de parlantes y la potencia, a pocos metros de distancia del lugar en que los uniformados lo vieron por primera vez cuando llegaron al lugar. En el marco del procedimiento, no pudieron recuperar el estéreo.
La defensora oficial Romina Martini, había fundado su recurso en el dictado de un procesamiento sin hacer mérito ni evacuar los dichos del imputado en su descargo, transformando al acto de indagatoria, en una mera formalidad y no en la herramienta de defensa esencial que tiene el imputado.
Por su parte el fiscal de Cámara Eduardo Fernández, expuso que la causa se inició el 17 de mayo de 2015, cuando el cabo Romero y el agente Salamín se encontraban realizando su trabajo peatonal y observaron al imputado Daniel Mansilla "Cebollón", que llevaba en sus manos unos elementos y que al notar que era perseguido, los arrojó.
Entendió el fiscal que se trató de un caso de flagrancia por lo que solicitó que se confirme en todas sus parte el auto de procesamiento dictado por el juez de instrucción.
El tribunal integrado por los jueces Gregor Joos, Héctor Leguizamón Pondal y Rubén Marigo deliberó y en el acto apuntó que “la ausencia de evacuación de citas que critica la apelante, no tiene relevancia en estos momentos, toda vez que resultan verosímiles los testimonios del personal policial interviniente, que mediante sus declaraciones testimoniales, confirmando las constancias del acta de procedimiento policial, que refieren concretamente haber visto al imputado con efectos en sus manos, luego arrojados por este mismo, han despejado toda duda de cómo fueron realmente los hechos. Razón por la cual el agravio referido por la defensa carece de virtualidad suficiente para refutar estos datos suministrados por los agentes policiales”.