19/10/11

Incendio forestal en Las Golondrinas de Lago Puelo

Un incendio forestal afecta a la zona de Las Golondrinas

Destruyó varias hectáreas en la zona alta del paraje ubicado a unos 3 kilómetros del paralelo 42. Intervienen varias dotaciones de brigadistas y bomberos de toda la Comarca Andina. El intendente de Lago Puelo, Iván Fernández confirmó que "el fuego está controlado".

Intervienen varias dotaciones de brigadistas y bomberos de toda la Comarca Andina, pero estaría controlado. Foto: Eugenia Gartner. Diario Río Negro

El jefe de bomberos voluntarios de El Bolsón, Hernán Figueroa, anunció a las 11 de la mañana que "el fuego estaba circunscripto, pero no controlado", en referencia al incendio forestal que desde las 10 hs afecta varias hectáreas en la zona alta del paraje Las Golondrinas, aproximadamente a unos 3 kilómetros del paralelo 42°, límite interjurisdiccional entre Río Negro y Chubut.

Sin embargo, este mediodía el intendente de Lago Puelo, Iván Fernández, confirmó que “gracias a dios ya está controlada la situación”. Asimismo, explicó que intervinieron en el operativo para controlar el fuego, Defensa Civil de la provincia, Bomberos Voluntarios de Lago Puelo y El Bolsón con sus correspondientes brigadas de incendio. Por tal motivo manifestó “actuaron muy rápido, así que por suerte no llegó a mayores”.

El siniestro comenzó al escaparse una quema de residuos vegetales en la chacra de una familia y que rápidamente se descontroló y tomó contacto con la espesa vegetación de mosquetas, murras y pinos existentes en el sector.

Las ráfagas de viento hicieron que las llamas crucen un camino vecinal y se extiendan a otros predios, donde no existen viviendas, aunque sí bosque nativo e implantado.

El intendente de Puelo explicó que estas situaciones suelen ser normales a esta altura del año debido a que “los vecinos comienzan a limpiar terrenos y a quemar, y muchas veces el incendio se descontrola, lo que provoca la pérdida de grandes proporciones de territorio. Pero argumentó que en este caso sólo se trató de una hectárea afectada”.

Patagónico.net

Fuente: Diario Río Negro | Radio del Mar

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Invitan a productores de la Comarca a nueva Feria de Semillas en Bariloche

Nueva feria de intercambio de semillas y plantines

Bariloche.- Luego de la buena concurrencia del sábado pasado a la primera edición la Feria Zonal de Intercambio de Semillas y Plantines “De la Tierra a las Raíces” que se realizó en la Zona Este del ejido, el próximo sábado 22 del corriente la Feria se traslada al Oeste de la ciudad.

Cumplimos 30 Ferias a lo largo de seis años consecutivos y, ante la solicitud de los vecinos Huerteros, Técnicos y miembros de otras organizaciones convocantes nos planteamos la meta de reproducir la experiencia en distintas zonas de nuestro ejido municipal a la par de estar organizando su extensión a las localidades vecinas de la zona.

Por esta razón y en el marco de su “Programa de Huertas y Granjas de Autoconsumo”, la Dirección de Promoción Social de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, el INTA Pro-Huerta Bariloche, la Parroquia “San Cayetano” y los Huerteros Autoconvocados de San Carlos de Bariloche, invitamos para el próximo Sábado 22 de Octubre a toda la comunidad huertera de la Zona a la “Trigésima Primera Feria Zonal de Intercambio de Semillas y Plantines 'De la Tierra a las Raíces'”.

En la Feria pasada sumamos dos voluntarios nuevos a la responsabilidad de ser “Guardianes de Semillas” y anunciamos que ya contamos con un lugar físico dentro del INTA E.E.A.Bariloche para preservar las semillas de variedades que se producen en nuestra zona, dicho lugar funcionará como un “Banco de Semillas” que, además de la preservación, tiene la función de reproducir las distintas especies, obtener y sistematizar la información sobre usos épocas de siembra y cultivo, condiciones particulares de cada especie, etc. y ponerla a disposición de nuestros huerteros junto con las semillas o plantines que se logren reproducir en las Ferias que se sucederán a partir del próximo año

En función de ir creando entre todos dicho Banco, solicitamos a los participantes que, en la medida de sus posibilidades contribuyan, antes o durante la Feria a identificar las semillas o plantines con los siguientes datos: Especie, variedad, procedencia/origen, usos, años de siembra, época de siembra y productor/huertero. Para tal fin pedimos que lleven MARCADORES, FIBRAS O BIROMES.

Ante consultas realizadas por los vecinos ACLARAMOS QUE EN LA FERIA NO SE COMPRAN NI VENDEN SEMILLAS Y/O PLANTINES sino que SU SENTIDO es el INTERCAMBIO SOLIDARIO DE LAS MISMAS Y DEL CONOCIMIENTO QUE CADA HUERTERO PONE GENEROSAMENTE A DISPOSICIÓN DE SUS VECINOS.

Aquellos vecinos que se están iniciando en la horticultura o bien que por razones particulares no tienen semillas y/o plantines para intercambiar pueden igualmente concurrir y llevarse algunas semillas o plantines siempre y cuando ASUMAN EL COMPROMISO DE SEMBRARLAS O PLANTARLOS, REPRODUCIRLOS Y VOLVERLOS A PONER A DISPOSICIÓN DE LOS VECINOS en las próximas Ferias.

Recordamos que la invitación es abierta a todos los vecinos horticultores de San Carlos de Bariloche, Dina Huapi, Ñirihuau, Villa Llanquín, La Angostura, Villa Mascardi, El Manso, El Bolsón y demás localidades aledañas.

Se solicita a los concurrentes que, aparte de sus semillas y/o plantines, lleven bolsitas de polietileno u hojas de papel para separar y envasar las semillas o preferentemente ya las lleven fraccionadas en pequeñas cantidades.

La cita es el próximo sábado 22 de Octubre de 11:00 a 13:00 hs. en la Junta Vecinal del Barrio Don Orione, Km 15,500 de Avda. Bustillo (al lado de la cancha del Club Independiente).

A los vecinos que quieran llegar les informamos que las líneas 10, 20 y 51 los dejan a 300 metros del lugar. Cualquier consulta pueden hacerla a los siguientes teléfonos: 15629009, 15319416 ó 15639701ADN

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Curso de Reanimación (RCB) en escuela de El Maitén

Cursos de Reanimación Cardiopulmonar Básica en escuelas de Rawson y El Maitén

La Secretaría de Salud del Chubut comenzó a dictar en escuelas secundarias de Rawson y El Maitén el curso de promoción de la salud “¡Yo puedo salvar una vida!”, para promover el entrenamiento en Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP) y primeros auxilios en forma concisa, simple y efectiva.

El curso “¡Yo puedo salvar una vida!” también tiene como propósito enseñar a las personas cómo activar el sistema de emergencias médicas (107) y comenzar con RCP precoz si la situación lo requiere, fortaleciendo los eslabones iniciales de la cadena de vida; y acercar los servicios de emergencias a la comunidad.

Tras brindar la capacitación a unos 30 alumnos de 2° Polimodal del Colegio María Auxiliadora de Rawson, Adriana Cardullo, médica del Área Externa del nosocomio local, contó que “a los chicos primero les pasamos un video explicativo de cómo hay que actuar cuando tenés una persona desplomada, cómo hablarle, moverla, ver si respira, ver si se está moviendo su tórax”, precisando que “la práctica se llevó a cabo con muñecos” en los que “se realizan los masajes cardíacos y la respiración”.

En el curso “vemos qué deben hacer ellos hasta que llegue la ambulancia”, ya que “una vez que llega la ambulancia actuamos nosotros”, indicó Ángel Núñez, el otro médico del Hospital de Rawson que estuvo a cargo de la capacitación, quien destacó que “a mí me sorprendió” la respuesta de los chicos, “porque cuando uno da una charla los chicos a veces se dispersan un poco y yo nunca pensé que le iban a prestar tanta atención”, agregando que “han demostrado mucho interés y la verdad que fue productivo”.

En El Maitén

Por otra parte, la jefa del Área Externa del Hospital de El Maitén, Jimena Marcos, explicó que “nosotros nos trajimos diez de los muñecos de la Secretaría e hicimos el curso de resucitación cardiopulmonar básica para todo 2° Polimodal” de la escuela n° 726, “les tomamos exámenes a los alumnos”, los que “aprobaron todos el curso”.

Además, “por iniciativa de algunas personas de otras instituciones dictamos más cursos, fuera del programa, a los alumnos de 3° Polimodal, los alumnos del Magisterio, los alumnos de Turismo, los profesores de Educación Física del pueblo, empleados del Banco y de los supermercados”, expresó Marcos, resaltando que “en total formamos en resucitación cardiopulmonar y primeros auxilios a aproximadamente 200 personas de la comunidad”.

“La respuesta de los chicos de 2° Polimodal fue excelente, se engancharon rapidísimo, aprendieron muy rápido”, mientras que “los cursos organizados por iniciativa propia también se aprovecharon muchísimo por las personas que asistieron”, comentó la médica generalista, añadiendo que “los cursos contaron con la participación de bomberos, enfermeros y médicos”.

LA NOTICIA - CHUBUT

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Ángel Morales: Ansiando la continuidad de lo realizado en Cultura de El Bolsón

Angel Morales rescató la gestión de Cultura como una política de Estado

EL BOLSÓN: TRASLADO DE LA DIRECCIÓN CULTURA A SU VIEJO EDIFICIO

El próximo 10 de diciembre, con el traspaso del Poder Ejecutivo a las nuevas autoridades de gobierno de la ciudad de El Bolsón, se procederá a la entrega del edificio donde funciona hasta ahora Casa de la Cultura.

Así, el Club El Refugio recuperará su espacio a manos de su comisión directiva. Cultura volverá a su original casa de Roca y Saavedra, sede histórica del área, donde en la actualidad se desarrollan actividades programadas. La decisión responde al compromiso asumido años atrás por la actual autoridad política de gobierno con integrantes del club, cuando la municipalidad dispuso remodelar el viejo edificio de Diagonal Merino 3270.

En tal sentido, “hemos procedido a comunicar, y lo estamos haciendo a la población en general y a los productores de cultura en particular; a docentes, artistas e instructores de cursos y talleres que deberán parar sus actividades del ciclo 2011 para que podamos desmontar el mobiliario existente. Solamente se mantendrán los programas de exposiciones asumidos con antelación, que finalizarán el 30 de noviembre, indefectiblemente. Mientras, se realiza el inventario patrimonial y administrativo, que incluye la estructura mobiliaria y de sistemas, recientemente tecnificada como de todo el equipamiento técnico y transmisores de la Radio Municipal instalada dentro del edificio”, sostuvo el Director de Cultura Ángel Morales.

“La transición dará paso a un nuevo gobierno y, quizás, al rediseño de cultura. Conscientes de esa realidad y ante la compleja labor cultural y educativa proyectada en los cincuenta y ocho meses de gestión, el paso del área puede provocar un fuerte impacto social ante el cierre de su Casa dada la falta concreta de espacios. Principalmente por el volumen de piezas de arte recuperadas, patrimonio cultural del pueblo; más todo el mobiliario administrativo que deberá trasladarse a la vieja casa, que no dejará lugar a las expresiones ni a las exposiciones de arte”, informó Morales.

A modo de reflexión Morales afirmó que “el balance, sumamente positivo, motiva agradecer públicamente la profunda confianza y acompañamiento de artistas y de sectores sociales que producen cultura, que no titubearon en comprometer su tiempo y su arte en favor de lograr los objetivos planteados. Con esas personas logramos que una cantidad de programas se aplicaran con éxito y otros tantos proyectos logrados en conjunto, se vieran cristalizados en este lapso. Son hombres y mujeres de El Bolsón, de la Comarca y del interior del país, que le dieron sustanciación a la gestión para proyectarnos desarrollando cultura y permitiéndonos abordar la demanda de la sociedad en su conjunto. Con todo queremos poner en conocimiento de la población la actual situación del área y los motivos por el cual se producirá el cierre de actividades. Pidiéndole a Dios nos ilumine para la rápida acción que permita decir momentáneamente suspendidas. Para que halle solución a corto plazo para su legítimo y definitivo lugar”.

“En esta gestión- añadió Morales- buscamos de jerarquizar cultura como valor agregado. Para que la administración estatal no siga tomándolo como un gasto superlativo al cual se lo puede subir y bajar según los ánimos de los funcionarios de turno. Ojalá que cultura no caiga en el error de otra ilusión de hallar una casa prestada para salir del paso. Se correría el riesgo que algún propósito inmobiliario o gastronómico vuelva a echar por tierra los sueños de la gente de este maravilloso lugar. En nuestro país la historia de los gobiernos nos marca que siempre ha sido un volver a empezar sin destino por la falta de Políticas de Estado. Solamente el conjunto de la sociedad luchando por sus valores y por el bien común podrá reafirmar su identidad exigiendo espacios definitivos para el desarrollo cultural de su gente”.

Y para finalizar expresó el director de Cultura “no ha sido poco lo realizado hasta aquí. Aunque falta bastante por construir. Independientemente del sistema de gobierno, del criterio y fundamentos sobre las políticas culturales llevadas a cabo en últimos casi tres años de gestiones estratégicas. Que, bien o mal, con aciertos y errores, le dieron un giro de importancia al área. Confeccionamos como todos estos años de gestión, el balance con todo lo actuado. Junto con el inventario total del patrimonio cultural municipal, asientos y legajos administrativos que están a entera disposición de la sociedad del pueblo de El Bolsón, como estuvieron hasta ahora, y también de las próximas autoridades que asumirán el gobierno”.

DIARIO EL CHUBUT

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Opinaron ambientalistas reunidos el último fin de semana en Lago Puelo

Insisten contra represas de Chile

Ambientalistas no quieren diques en ríos Puelo y Manso

EL BOLSÓN (AEB). "Lo que para ellos significa un juego de millones, para nosotros representa una gran pérdida, a la cual no daremos tregua ni pie. Hoy más que nunca debemos sostener el no a las represas sobre los ríos Puelo y Manso", opinaron ambientalistas reunidos el último fin de semana en Lago Puelo.

Entre otros, el encuentro tuvo el aporte del referente chileno Mauricio Fierro, de Geoaustral; Lucas Chiappe, del Proyecto Lemú, quien recordó que "es posible detener estos megaemprendimientos, está en nuestras manos hacerlo".

Además participaron integrantes de la Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra de Mallín Ahogado, y vecinos autoconvocados de El Bolsón y Esquel.

Más allá de reafirmar que "están suspendidos temporariamente los cinco represamientos en la zona de Aysén -que también pretende llevar a cabo la empresa multinacional Endesa-, debemos estar atentos a que no signifique un juego mediático para tranquilizarnos y que nos despreocupemos", alertaron.

Otra cuestión en debate fue "la falta de respuesta de las autoridades competentes, tanto argentinas como chilenas".

Otros temas

También se discutieron problemáticas locales, como las denuncias de pobladores de Mallín Ahogado "comprometidos en detener el proyecto de urbanización que se pretende implementar en la Pampa de Ludden; planteándose la necesidad de trabajar articuladamente en la defensa de los bienes comunes", según subrayaron.

Los proyectos de represamiento de los ríos Puelo y Manso en territorio chileno han puesto en alerta a las poblaciones de la Comarca Andina del Paralelo 42.

DIARIO RÍO NEGRO

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18/10/11

El Bolsón: Convocan a otra marcha por Garrido

Convocan a marchar por muerte en el calabozo

El Bolsón.- El pasado jueves se cumplieron nueve meses desde el asesinato de Guillermo Garrido en la Comisaría de El Bolsón. Nuevamente queremos invitar a toda la comunidad a participar de la marcha que se realizará el próximo sábado 22 de octubre, a las 17 Hs.

Porque a pesar de cumplirse nueve meses, la investigación recién se inicia, y aún los responsables continúan libres, luego de que por un arresto inconstitucional Guillermo Garrido terminara muerto en la comisaría. Porque es necesario el acompañamiento de toda la sociedad a los familiares de Guillermo mientras los responsables no sean identificados y juzgados. Nos encontraremos en el mural de Otoño Uriarte Plaza Pagano.

FUENTE: Colectivo de Militantes por los Derechos Humanos de El Bolsón

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Sobreseyeron a acusados de violar y embarazar a una familiar menor de edad

Sobreseyeron a los acusados en polémica denuncia de abuso sexual

La polémica causa en la que la mamá de la joven TN denunció por abuso sexual al padre y el tío de la menor y en la que se autorizó la realización de un aborto terapéutico llegó a su fin: el juez Gaimaro Pozzi dictó el sobreseimiento de Rolando y Pablo Nahuelpan y dio por concluido el caso. Lo hizo sobre la base de una prueba de ADN que resultó negativa, a favor de los acusados. Foto Chiwi Giambirtone.

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El Juez de Instrucción en lo Penal  Miguel Ángel Gaimaro Pozzi dictó el sobreseimiento total de Rolando Fabián Nahuelpán y Pablo Adrián Nahuelpán, ambos argentinos mayores de edad y hermanos entre si, domiciliados en la localidad de El Bolsón, por tres hechos de Abuso Sexual en perjuicio de la menor T.N. hija y sobrina de los imputados respectivamente por los que fueran denunciados.

Se trata de una polémica denuncia realizada en marzo de 2010 por la madre de la víctima a quien semanas más tarde se le realizó un aborto terapéutico en base al artículo 81 del Código Penal. Si bien el examen psicológico forense señaló que T.N cumplía con el perfil de comportamiento de una persona abusada, los exámenes de ADN arrojaron un patrón genético masculino distinto al de los acusados.

Sobre esa prueba tomó su decisión el juez Gaimar Pozzi quien sostuvo que los testimonios perdieron fuerza frente a la evidencia.

La causa había sido iniciada por el juez de Instrucción Martín Lozada quien avaló la interrupción del embarazo -a pesar de tratarse de un derecho legal que no requiere de autorización judicial- y luego se separó de la instrucción. Esta situación mereció un párrafo del juez reemplazante quien cuestionó a su par por considerar que debió haber seguido a cargo.

En la misma resolución de sobreseimiento Gaimaro Pozzi ordenó extraer fotocopias de la presente causa y remitirla a la UFAP, ante la posible comisión de delitos de acción pública que surjan de la presente investigación y  rechazó las diligencias de prueba peticionadas por la parte querellante  por considerarlas improcedentes.

ANTECEDENTES DE LA CAUSA Y FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Fueron tres los hechos atribuidos, el primero de ellos a Rolando Fabián Nahuelpán a quien se le imputó  haber abusado sexualmente de su hija en el período de tiempo comprendido entre el día 24 de diciembre del año 2005 y el día 29 de enero de 2010, en el inmueble en el cual residía, sito en la Rinconada Nahuelpan, El Bolsón.

En dicha ocasión y  también durante los fines de semana de modo regular, en un número plural de ocasiones -que no ha logrado ser determinado de modo fehaciente y puntual- habría abusado sexualmente de su hija de actuales 17 años. El segundo hecho atribuido consigna  los ocurridos algunos fines de semana, cuya fecha exacta no se ha podido precisar, pero con fecha posible en el período de tiempo comprendido entre el 2 de noviembre de 2007 y el 29 de enero de 2010,  en el departamento que el imputado tiene asignado en la Estancia Lago Escondido, ubicada en el Paraje Tacuifí, lugar en el cual desempeña tareas laborales. En estas circunstancias en un número plural de ocasiones que no ha logrado ser determinado de modo fehaciente y puntual habría abusado sexualmente de su hija.

En tanto a Pablo Adrián Nahuelpán se le atribuyó la comisión de  hechos ocurridos en un período temporal comprendido entre el día 1 de enero de 2005 y el día 9 de noviembre de 2009, en el interior de la vivienda ubicada en el Barrio Los Hornos de la localidad de El Bolsón, lugar en el cual residen la menor con su madre, dos hermanos de ésta y para entonces también lo hacía Pablo Adrián Nahuelpán, quien era pareja de la primera. En dichas circunstancias Pablo Adrián Nahuelpan habría abusado sexualmente de T. N. de modo regular, en un número plural de ocasiones. Tal cosa, en contra de la voluntad de la niña y aprovechando la ausencia de la madre de la menor, quien salía temprano del hogar hacia su trabajo y no regresaba hasta la noche.

Se inició la presente causa por la denuncia efectuada por la madre de la menor  en la Comisaría 12 de El Bolsón. En la ocasión dio cuenta de los hechos reseñados precedentemente. Hizo saber, además, que su hija T. se encontraba embarazada y conforme los dichos de la menor, el padre de ese bebé sería Rolando Fabián Nahuelpan, padre de la misma. En relación a los hechos imputados a Pablo Nahuelpán relató en su denuncia que éste aprovechaba cuando ella se iba a trabajar para abusar de la menor que su vez es sobrina. Se encuentra agregado en el expediente certificado médico que acredita que en fecha 16 de marzo de 2010 T. N. cursa un embarazo de nueve semanas y media.

En el marco de la investigación se recibió declaración testimonial al cuñado y a la hermana de la víctima, respectivamente.

Ambos testigos fueron contestes en afirmar que la menor les contó que tanto su tío, Pablo Nahuelpan, como su padre, Rolando Fabián Nahuelpan, abusaban sexualmente de ella en forma reiterada y a partir de los 11 años de edad aproximadamente. Relataron que  rompió en llanto el día 14 de marzo de 2010 luego de haber tomado conocimiento de que estaba embarazada de su padre Fabián Nahuelpan.

Al momento de ser indagados, ambos imputados negaron la comisión de los hechos imputados y se los adjudicaron a disputas familiares.

La menor mantuvo una entrevista con la Psicóloga bajo el sistema de Cámara Gesell.-

Se deja constancia en la presente resolución que en el marco de la investigación, el Ministerio de Salud de esta Provincia solicitó coetáneamente al entonces Juez a cargo de la instrucción Dr. Martín Lozada, autorización para llevar a cabo la interrupción del embarazo.

Al respecto se consigna en el fallo: "...Como dije en aquella oportunidad, no era resorte del Juez de Instrucción entrar a analizar el pedido de interrupción de embarazo, cuando tenía a su cargo la investigación de la denuncia de violación. El Dr. Lozada previendo que pudiera estar en juego en su fuero íntimo la posibilidad de un prejuzgamiento al resolver un pedido de interrupción de embarazo, debió, como hubiera correspondido, apartarse en éste y no en la causa que lo tiene como Juez Natural y de la que no puede renunciar tan levemente como lo hizo. Su responsabilidad era la de defender su jurisdicción como Juez y desprenderse del pedido de interrupción de embarazo que no le correspondía resolver. Sin embargo, hizo exactamente lo contrario, haciendo lugar a la interrupción de embarazo, y desligándose de la investigación que le correspondía. La diligencia fue llevada a cabo el día 8 de abril de 2010 y las muestras conservadas para posterior informe pericial.

El Cuerpo Médico Forense informó que en fecha 8 de abril de 2010, hora 14.30 la menor expulsó espontáneamente parte de su embarazo en su domicilio. La ginecóloga Marta Santos logró rescatar parte del material el que fue enviado junto con la muestra de sangre de la joven a la UBA a los fines periciales. Informó el médico forense Leonardo Saccomanno que a la hora 20 del mismo día se le realizó un legrado a la joven cuyo material fue también remitido a pericia.

Se dispuso la realización de un informe pericial de A.D.N. para determinar la eventual paternidad de alguno de los imputados respecto de los restos expulsados por la menor. Para ello se extrajeron muestras de los imputados. El resultado del análisis de A.D.N. dispuesto fue elevado al juzgado en fecha 23 de junio de 2010 del que surge que en la muestra de restos placentarios y ovulares de la joven y de los restos de legrado se obtuvo un único perfil genético femenino que presenta identidad con el de la menor, siendo 1 en 40.400.000.000.000.000.000 más probable que sea de la joven que de otro individuo tomado al azar.

En el estudio de marcadores de cromosoma y de las muestras de restos placentarios y ovulares no se obtuvo ningún haplotipo; y de los restos de legrado se obtuvo un único haplotipo de cromosoma Y, no compatible con el perteneciente a los Sres. Nahuelpan Fabián y Nahuelpan Pablo.

La parte querellante articuló un recurso de nulidad respecto del informe de A.D.N llevado a cabo afirmando que no se respetó la cadena de custodia tanto en la colección de la muestra de los restos como así tampoco en su preservación, depósito y traslado a la Ciudad de Buenos Aires.

Se rechazó el recurso articulado, sin perjuicio de disponer la extracción de nuevas muestras de A.D.N a los imputados y a la menor  a fin de cotejar el resultado con el ya analizado .

Las nuevas muestras fueron tomadas en fecha 30 de junio de 2011 y 1 de julio del mismo año y fueron remitidas a la Ciudad de Buenos Aires para llevar a cabo el informe pericial dispuesto.

Dicho análisis arrojó el siguiente resultado: el perfil genético obtenido a partir de la nueva muestra de la menor presenta identidad con el informado en fecha 11-06-2011. El índice de identidad es de 24.400.000.000.000.000.000 y la probabilidad de identidad de 99,99%.

Los haplotipos de cromosoma Y obtenidos a partir de las muestras de Fabián y Pablo Nahuelpan presentan identidad con los informados de ambas personas en el resultado de fecha 11-06-2011, elevado al juzgado en fecha 23-06-2011.

Todos los resultados obtenidos en esta oportunidad son idénticos a los informados en fecha 11-06-2011 por el Servicio de Huellas Digitales Genéticas por lo que corrobora las conclusiones del primer informe.

Se agregaron a la causa fotocopias de los informes sociales y psicológicos llevados a cabo en el incidente de interrupción de embarazo. De la lectura de los informes mencionados surge que un equipo técnico de la Subdelegación de Promoción Familiar de la localidad de El Bolsón, confeccionó un informe social respecto de la menor con los detalles pertinentes al caso.

El día 12 de marzo de 2010 la menor luego de realizarse un test de embarazo que arrojó resultado positivo, le expresó a su familia que el mismo era producto de una violación por parte de su padre y que éste abusó de ella desde los once años como así también que Pablo lo hizo desde que tenía doce años de edad, lo cual derivó en que la madre de la joven radicara una denuncia dando cuenta de tal circunstancia.

Ambas expresaron en el Hospital de Área El Bolsón como así también a las nombradas profesionales su intención de interrumpir el embarazo. El equipo técnico que llevó a cabo la confección del informe considera que es fundamental que se haga lugar a dicho pedido dado que de ello depende la integridad emocional de la joven.

Posteriormente la menor se entrevistó nuevamente con la Lic. Risiglione y con la colega de ésta, Susana B. Eiros. En dicha oportunidad la menor reafirmó con seguridad su deseo de interrumpir el embarazo.

Se encuentran agregados informes de la médica y la licenciada en Servicio Social actuantes, en relación a la situación familiar de la joven como así también respecto de la entrevista mantenida con la Lic. Adriana Moarren, psicóloga de el hospital de El Bolsón. Destacó la facultativa que, ante las reiteradas violaciones, para la joven el embarazo es la evidencia de la "no ley", lo cual causa efectos de confusión, dolor, silencios, sumisión y auto agresión. No descartó que el abuso sexual es una posible causa de suicidios de mujeres. Por último la psicóloga ofreció un espacio terapéutico para la menor y destacó que el aspecto jurídico de la cuestión lo precede como acto terapéutico, destacando que la justicia debe resolver en favor de la salud mental de la joven posibilitando luego hallar la solución a aspectos dolorosos de su vida.

En relación a la posibilidad de llevar a cabo la interrupción del embarazo, el médico forense, Dr. Piñero Bauer, se expidió a través de un informe pericial mediante el cual expuso que “nunca es conveniente” llevar a cabo ese tipo de intervención quirúrgica, dado que conlleva en sí mismo un riesgo para la madre. No obstante, al igual que la directora del hospital, remarcó que al tiempo de gestación transcurrido en el caso de marras los riesgos son mínimos y que se denomina "interrupción del embarazo de bajo riesgo" hasta las doce semanas de gestación. Asimismo, destacó que cuanto antes se lleve a cabo dicha intervención, menores serán los riesgos médicos para la madre y que cada día que pase aumentarán los mismos.

Respecto de los riesgos biológicos para el feto, Piñero Bauer señaló que éstos solo existirían si alguno de los progenitores portara algún gen recesivo que pudiera acarrearle trastornos mal formativos, pero que tal cosa solo es cognoscible si se realizara un mapa cromosómico o bien al momento del parto.

La menor embarazada mantuvo una entrevista con el psicólogo forense, Lic. Oscar Benítez, quien confeccionó un completo informe al respecto. El profesional indicó en el mismo que la examinada presenta un Síndrome de Acomodación al Abuso Sexual, el cual consta de cinco etapas: el secreto; la desprotección; el atrapamiento y la acomodación; la revelación tardía, conflictiva y poco convincente; y por último la retractación.

Por otra parte, concluyó que la menor comprende categóricamente el hecho de que se encuentra embarazada y la dimensión de la solicitud formulada al tribunal en relación a la interrupción del mismo.

Ha manifestado el Juez Gaimaro Pozzi:  "...Llegada la hora de meritar la prueba reunida en autos, debo concluir que la producida no sólo no justifica quebrar el estado de inocencia constitucional respecto de la autoría culpable de los prevenidos, sino que por el contrario, corrobora la versión de ambos imputados que manifestaron ser ajenos al hecho investigado.

Fundamentalmente porque la palabra de la víctima, origen de la imputación, fue terminantemente negada por los sometidos a juicio y los testimonios recibidos a lo largo de la instrucción perdieron poder convictico, ya que ninguno de ellos se trata de un testigo presencial, sino de familiares de la joven que reproducen sus dichos.

Cierto es que hechos de naturaleza sexual, suelen ocurrir generalmente en la reserva, en la soledad de víctima y victimario, y no acostumbra contar con testigos directos o presenciales. Por ello es que se recurre a evidencia objetiva e independiente, cobrando suma importancia la de tipo científica.

En el caso en análisis la prueba de los exámenes genéticos de A.D.N. no dieron crédito a la versión de la víctima. Por el contrario, determinaron que la paternidad no resultó ser de ninguno de los dos imputados.

Con el objeto de que tanto el Sr. Fiscal como la Querella no albergaran dudas sobre el primer resultado obtenido, ya que lo cuestionaron y desconfiaron del procedimiento llevado a cabo en la primera tarea científica, se realizó una segunda constatación de material genético. El resultado fue el mismo, y se confirmó categóricamente que el patrón genético del material estudiado no corresponde a ninguno de los dos imputados.

Esta circunstancia neural, que obedeció a conformar el espíritu escéptico del Sr. Fiscal y la Querella y en el ánimo de ser infranqueablemente apegado al legítimo derecho de defensa de todas las partes en conflicto, es indudable que resta capacidad convictiva a los dichos de la menor como único sostén de la imputación.

En la actualidad el establecimiento de la identidad, identificación y paternidad biológica son de innegable utilidad en el ámbito judicial para la investigación de los delitos y para determinar la existencia de vínculos biológicos de parentesco. Ambos objetivos fueron tenidos en cuenta cuando se ordenó el examen de Acido Desoxirribonucleico (ADN).

Para ello se pidió la colaboración del Doctor en Ciencias Biológicas Daniel Corach. Este profesional ha alcanzado el prestigio en la actualidad a través de la eficacia en el desempeño de la función. Por eso, tan solo para apaciguar el ánimo de la querella en torno a la seriedad de los procedimientos llevados a cabo para el estudio y el resultado de la pericia, debo recordar que, además de su vasto recorrido en postgrados nacionales e internacionales, es investigador principal de CONICET y desde 1991 creó y dirige el Servicio de Huellas Digitales Genéticas de la Universidad de Buenos Aires, actuando en mas de 6.000 causas judiciales. Esto provoca una seriedad y confiabilidad en el resultado de sus trabajos que, a no ser que se haya acompañado un contra estudio del mismo tenor de seriedad -cosa que no se hizo- no puede ser controvertido de manera alguna.

Si bien una prueba pericial no es vinculante procesalmente para arribar a un pronunciamiento judicial, en este caso, el resultado científico, los procedimientos realizados para llegar a esa conclusión y el prestigio de quien los realiza, resultan idóneos para formar convicción en el Suscripto de la indiscutible ajenidad tanto de Rolando Fabián Nahuelpan, como de Pablo Adrian Nahuelpan en la paternidad del embrión interrumpido.

En cuanto a los informes psicológicos que aseguraban que los dichos de la menor resultaban altamente creíbles, tampoco puedo dejar de cotejarlos ni contraponerlos con la prueba científica que resulta ser irrefutable y como tal, también pierden convicción.

Y un punto que no puede desconocerse y que también resulta ser de tinte desvinculatorio, es el cumplimiento acabado de prohibición de acercamiento que ordené una vez que me hiciera cargo de esta investigación. Es conocida en la generalidad de los casos, la reiteración y reincidencia de ataques sexuales una vez consumado el primero, especialmente tratándose de abusos intrafamiliares, donde la cercanía, la cotidianeidad, el trato periódico suelen ser desencadenantes de insistencias. Por eso y con el objeto de preservar a la víctima de dicha eventualidad, ordené una prohibición de acercamiento tanto de Rolando como de Pablo Nahuelpan respecto de la menor, a una distancia menor de 200 mts., de la vivienda, de la escuela como así también de la propia persona de la víctima. Los hermanos Nahuelpan acataron en forma completa la orden de prohibición de acercamiento establecida a lo largo de todo este período prolongado de tiempo.

Esta circunstancia, de no menos importancia y efectuando una mirada macro de la prueba obtenida, es un motivo más para dar crédito a la versión desvinculante de los hermanos Nahuelpan en el hecho por el que se los acusara.

Párrafo aparte merece decir que no se pone en tela de juicio que la víctima haya sido objeto de una relación sexual, porque evidentemente su gestación lo confirma; lo que si no puede dársele crédito, es que el mismo es fruto de relaciones abusivas y mucho menos provenientes de su padre ni de su tío.

Habiéndose apagado la fuerza convictiva de los dichos de la joven porque se contrapone con la evidencia científica realizada, necesariamente se debilitan los que indicaban abusos anteriores ya no existe en la causa prueba independiente, clara, seria, ni indicial que la sostenga.

Como corolario de este trabajo, llegamos a la conclusión de una verdad negativa, es decir que ni Rolando Fabián Nahuelpan ni Pablo Adrián Nahuelpan fueron los padres del feto que vio frustrado su progreso vital por vía judicial.

Lo que nunca sabremos, al menos producto de la verdad formal que se busca en los expedientes judiciales, es quien aportó el espermatozoide que produjera la fecundación en el vientre de la joven. Excluidos de la paternidad del embrión mediante prueba científica, el padre y tío de la menor, quedará solamente en ella lo sucedido en realidad y será su fuero íntimo el resguardo de su existencia.

Al finalizar el fallo Gaimaro Pozzi ha mencionado que : "...Se sostiene a veces que los juicios suelen no resolver todo lo que deberían resolver y que las personas que declaran en los estrados judiciales no suelen decir todo lo que saben...."  Es una máxima que en este caso, se ha cumplido en todos sus términos.

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