12/11/14

El Hoyo: Mesa de las Artes

Orquesta de cuerdas - Tango y Música Clásica
Grupo de Música Antigua, medieval y barroca con vestimenta de la época
Cuarteto de músicaAfricana y Folclórica
Trío de folclore
Habrá Buffete

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Fiscalía de Esquel: 2do Encuentro Provincial de las Comisarías de la Mujer


La perspectiva de género en el proceso penal

La fiscalía participó del 2do Encuentro Provincial de las Comisarías de la Mujer, exponiendo sobre perspectiva de género en la investigación penal. 



Asistieron por el Ministerio Público Fiscal, el Fiscal Jefe, Fernando Rivarola, la Fiscal María Bottini y la responsable del SAVD Luisa Pasquini.
Previamente disertaron las Juezas de Familia de la ciudad de Esquel, Mariela González y Claudia Melidoni.

La Dra. González brindó detallada información sobre el marco legal, los compromisos asumidos por el Estado Nacional y Provincial, el estado de situación actual y los desafíos pendientes. Por su parte la Dra. Melidoni habló desde la experiencia de su juzgado.
El enfoque de la Fiscalía se dirigió a ilustrar el momento de transición que se está viviendo, en el que las decisiones de política criminal deben acompañar el cambio de paradigma que promueve la nueva legislación orientada a prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género.

La postura llevada por los representantes del Ministerio Público Fiscal, es la de analizar los casos a la luz de la perspectiva de género. Interpretando las situaciones conflictivas despojadas de condicionantes propios del paradigma machista, libres de prototipos y con conocimiento de las particularidades del ciclo de la violencia sostenido en diferencias de género.

En las investigaciones sobre casos de violencia de género se evidencia que persisten estereotipos, no solo en los círculos familiares y sociales del conflicto, sino también entre profesionales de distintas disciplinas.
Prejuicios tales como que las mujeres regresan con su agresor porque les gusta que le peguen, que son responsables de la agresión sufrida por provocarla, que las mujeres mienten y al ser las únicas testigos de lo que denuncian no puede creérseles, etc.

Desacreditar a la víctima es parte del círculo de la violencia de género, una de las estrategias del sometimiento que se basa principalmente en que ella misma termine por desconfiar de sus percepciones, por naturalizar la violencia, por asimilar el rol que le es asignado y sentirse culpable del maltrato. En paralelo desciende la autoestima de la mujer, se aísla, se silencia y, si se anima a denunciar, el miedo a "algo", al fantasma de una situación de desamparo, la lleva a retractarse. La retractación es un indicador más de la violencia de género.
La Procuración General puso en marcha tiempo atrás un protocolo para el abordaje inicial de los casos de violencia doméstica. El formulario procura detectar indicadores de riesgo, entre otros los condicionantes de género.

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11/11/14

El Bolsón: Condenan a Municipalidad pagar U$S 24.000 por incumplimiento

El Bolsón: Condenan a Municipalidad pagar U$S 24.000 por incumplimiento

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El Bolsón (ADN).- La Municipalidad de El Bolsón fue condenada judicialmente a pagar a una vecina U$S24.000 a, más intereses moratorios, y las costas del juicio, por incumplimiento de un contrato de compraventa de una propiedad inmueble. La mujer denunció que “jamás pude acceder al lote, que estaba ocupado por otra persona, quien dijo que ya lo había comprado”.

La resolución, emitida el 4 de este mes, fue firmada por el juez Cristian Tau Anzoátegui.

Según consta en el expediente, Osokina Svetlana demandó a la Municipalidad de El Bolsón la resolución contractual de la compraventa de un lote individualizado catastralmente como 20-1-J-211-09, celebrada el 30 de junio de 2011 y las sumas de U$S12.000 en concepto de restitución del precio abonado y de U$S12.000, en carácter de cláusula penal.

La vecina señaló que ese mismo día, a través de su representante, Seguei Jelado, suscribió con la Municipalidad un contrato de compraventa mediante el cual adquiría en propiedad inmueble referido por el precio de U$S22.000 y que, en el acto de la firma, abonó la suma de U$S2.000 en concepto de seña y posteriormente dentro del plazo estipulado la suma de U$S10.000.

Indicó que “jamás pude acceder al lote ya que tomó conocimiento que estaba en verdad ocupado por otra persona que alegaba haberlo adquirido con anterioridad al municipio”.

Refirió que intimó por carta documento el 19 de febrero de 2013 a la Municipalidad para que designara fecha de escrituración, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales y reclamar daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento y que esa carta documento fue contestada por el municipio “rechazando, negando y desconociendo la validez del contrato y, por ende, su responsabilidad por incumplimiento”.

Relató además que, ante esa respuesta, envió una nueva carta documento de fecha 11/03/13, donde declaró resuelto el contrato quedando así habilitada la instancia judicial.

Destacó que en la cláusula novena del contrato se pactó que “…La parte que no diere cumplimiento, dará derecho a la otra, a su sola opción, a: Dejar sin efecto la presente operación, con pérdida para el comprador de los importes entregados, se ésta fuera la remisa; y si fuera el vendedor, deberá reintegrar los importes percibidos más otro tanto…”.

Afirmó que “surge palmario el incumplimiento de la Municipalidad, que actuó con dolo o malicia al celebrar un contrato a sabiendas de que el inmueble que vendía estaba ocupado”.

Consideró que la cláusula penal tiene una finalidad compulsiva con el objeto de ejercer presión en el deudor para que cumpla con las obligaciones a su cargo, máxime si ella consiste en una suma elevada y una finalidad indemnizatoria ya que las partes dejan fijada de antemano la indemnización que corresponderá en caso de incumplimiento.

Por su parte, Tau Anzoátegui mencionó que ante el silencio guardado por la Municipalidad deben reputarse ciertos los hechos lícitos constitutivos de la pretensión: la celebración de la compraventa, el pago parcial del precio, el incumplimiento de las obligaciones a cargo del municipio y la resolución contractual; además, deben tenerse por reconocidos los documentos acompañados junto a la demanda.

Refirió que ante el supuesto de incumplimiento de las obligaciones a cargo del vendedor, iba a dejarse sin efecto la operación y el vendedor debía reintegrar al comprador los importes percibidos más otro tanto.

Y que en virtud de ello y de que la Municipalidad no invocó ni demostró haber cumplido con las obligaciones asumidas en el contrato, corresponde declarar resuelto el contrato. (ADN)

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Propuesta cultural en El Bolsón: Cora Gabrás y Silvia Rodríguez - Génesis

CORA-SILVIA

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Secretaría de Turismo El Bolsón: Cartel en la Oficina de Informes

La Secretaría de Turismo llama a inscripción a las empresas e instituciones turísticas de El Bolsón y que deseen contratar un espacio publicitario en el Cartel que se ubica en el exterior de la Oficina de Informes. Se fijará un único monto de canon por publicidad de $1500.- (pesos mil quinientos) y el espacio de publicidad será sorteado por la Secretaría de Turismo entre todos los inscriptos. Los interesados deben dirigirse al área administrativa de nuestra Secretaría de Lunes a Viernes de 8 a 14 hs.

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CERTIFICACIÓN EN ECONOMÍA SOCIAL ORIENTADA A COMUNIDADES RURALES

Se comunica a las Organizaciones de la Economía Social de la Comarca Andina del Paralelo 42, que el día sábado 15 de noviembre se dará inicio a la CERTIFICACIÓN EN ECONOMÍA SOCIAL ORIENTADA A COMUNIDADES RURALES.

La misma se realizará en instalaciones de la escuela Nº 734, de la localidad de El Hoyo, y dará inicio a las 9:00hs, contando con un tiempo para el almuerzo, a cargo de la organización de la cursada.

Se solicita a miembros de las organizaciones inscriptas y a INTERESADOS E INTERESADAS,  confirmen asistencia, (para poder asegurar al almuerzo y el transporte para todos los cursantes)

Se recuerda que, para participar de esta cursada, no es necesario tener terminados los estudios secundarios; aunque sí es necesario formar parte de alguna organización, no habiendo límite de participantes por cada una de ellas.

Informes y consultas, remitir correo electrónico a: escuela804@gmail.com

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10/11/14

programa semipresencial para adultos PROSEPA: Dictámenes de equivalencia

La coordinación del programa semipresencial para adultos  PROSEPA,  Informa a los alumnos que a continuación se nombran, que  llegaron los dictámenes de equivalencia, por mas información, pasar 
por la sede en horario de 19 00 a 22 00 hs.
Santamarina, Mónica
Blázquez, Walter
Aranda Facundo
Huenelaf, Diego
Rivero, Horacio
Morado Danila
Amoros Ramona
Figueroa, Fernanda
Miranda Guillermina

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