25/7/11

Cartas en Braile para ciegos en Restaurantes de la Comarca Amigable

El sistema Braile sería implementado en restaurantes de la comarca

El Bolsón: Hace varias semanas que el Concejo Deliberante de El Bolsón recibe por parte de sus ediles un gran número de propuestas legislativas que evidencian una necesidad muy amplia de mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de esta localidad cordillerana, muy ligada al turismo.

Tal es el caso del proyecto presentado en la sesión anterior por el concejal del PPR Miguel Gotta, donde plantea en un marco de igualdad hacia las personas privadas de la visión que “los servicios gastronómicos de El Bolsón deberán ofrecer cartas y menús con tipografía Braille y macro tipo ó macro letra, a efectos de posibilitar su comprensión a los clientes. En cuanto a los comercios que no cumplan se estipula una multa de hasta 600 unidades fiscales”.

El proyecto de ordenanza impulsado por Gotta sostiene “la necesidad de ofrecer servicios accesibles para todas las personas con disminución visual o ciegas que habitan en la localidad de El Bolsón, además de aquellos visitantes que eligen a nuestra ciudad como destino turístico, es primordial”.

El concejal expresa que “el Estado municipal debe garantizar las medidas que permitan y posibiliten las actividades cotidianas en el marco de la igualdad y la inclusión; para dar cumplimiento a esta decisión inalienable del Estado, es preciso contemplar todas las barreras existentes que pudiera obrar como freno de la vida independiente de todas las personas, las personas con disminución visual o ciegas se ven imposibilitadas de moverse libre e independientemente ante determinadas prestaciones”.

Además, fundamenta que “la calidad de las prestaciones y el rompimiento de determinadas barreras, hace a la identificación de una ciudad dada en lo que respecta a sus condiciones de inclusión; la recreación y el esparcimiento, entre otros, conllevan el derecho a ejercer la opción mediante la lectura de los servicios que se ofrecen y las barreras físicas pueden derribarse con decisiones acertadas, tanto en los ámbitos públicos como en los privados”.

Por eso Gotta impulsa este proyecto que establecerá, de ser aprobado, como obligatorio, que los establecimientos gastronómicos, se traten de espacios independientes o de partes integrantes de un complejo hotelero, cuenten con cartas y menús con tipografía Braille y “macro tipo” o “macro letra”, a efectos de posibilitar la comprensión a las personas ciegas o con limitaciones de visión.

Un articulado que reglamenta la normativa

En el proyecto de ordenanza se entiende por establecimientos gastronómicos, a los comercios cuya actividad económica, exclusiva o principal, consista en la venta y servicio a la mesa al público de alimentos preparados, acompañados o no de bebidas (restaurantes, confiterías, pizzerías, snack bar, salones de té y afines). Donde las cartas y menús, objeto de la presente norma, deberán actualizarse periódicamente, en coincidencia con las demás listas de precios que formen parte de los negocios o comercios citados.

Contenidos de las cartas

El nombre y descripción del plato. Bebidas disponibles y sus respectivos precios. Cada comercio, deberá contar como mínimo con una carta en Braille y una en “macro tipo”. Las cartas y menús, deberán confeccionarse de acuerdo a los siguientes parámetros: Papel no deslizante, no brillante ni plastificado y con un gramaje no transparentable.

El contraste deberá ser alto entre el color del papel y la letra, y el fondo del texto, liso. Letra: tamaño mínimo 14, fuente legible Verdana, Helvética, Universal y/u otra de similares características. Los encabezados deberán estar claramente identificables mediante el recurso “negrita” y ser de mayor tamaño.

La autoridad de aplicación de la presente ordenanza, será la Secretaría de Comercio de la Municipalidad de El Bolsón, que se ocupa de las habilitaciones comerciales para el/los rubros indicados.

Por su parte, el Ejecutivo municipal, deberá, en un plazo de sesenta (60) días a partir de la promulgación de la presente, dar amplia difusión y publicidad de la norma, como así también informar a los contribuyentes acerca de los lugares y/u organizaciones que realizan impresiones en Braille.

Se aclara que “el incumplimiento de la presente norma, impondrá sanciones dentro del sistema de infracciones establecido por el área de habilitación, que se categorizarán de la siguiente forma: 1) Infracción: Apercibimiento. 2) Primera infracción: multa de 300 unidades fiscales. 3) Segunda infracción: multa de 600 unidades fiscales.

Para la implementación del control efectivo y supervisión de la presente norma, la Municipalidad de El Bolsón dará un plazo de ciento veinte (120) días, a contar de promulgada la presente.

Cabe destacar que consultados algunos propietarios de comercios de la localidad, en una amplia mayoría se mostraron conformes con esta iniciativa, ya que consideran positivo ofrecer a los residentes y turistas, un elemento más de servicio y atención como el sistema Braile. “Todo lo que sea para mejorar nuestra calidad de vida será bienvenido”, sostuvieron.

EL CHUBUT