12/11/15

Del trabajo a la casa: Prohíben en Esquel locales como cabarets, whiskerías, clubes nocturnos y boites

Prohíben en Esquel locales como cabarets, whiskerías, clubes nocturnos y boites

El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza contra la trata de personas y la explotación sexual.

Por unanimidad, los integrantes del Honorable Concejo Deliberante de Esquel, aprobaron una ordenanza que prohíbe en todo el Ejido Municipal, el funcionamiento de locales de diversión nocturna, tipificados como: Cabarets, Whiskerías, clubes nocturnos, boite, o establecimientos y/o locales nocturnos de Alterne, no tramitando en consecuencia el Municipio a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, el otorgamiento de habilitaciones a todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad.

Se incluye en esta prohibición, a todo local que en su actividad incluya la presencia de bailarinas de pista uniformadas o no, que bailen o alternen con los concurrentes, contratadas o no a tal efecto.

Ante la violación de la norma, se procederá a sancionar con multa de 5000 módulos,

clausura automática y definitiva del local en el que se constatare la actividad, además de la inhabilitación del titular o responsable por un período de hasta 10 años para la

tramitación de cualquier licencia comercial”.

El texto completo de la ordenanza es el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Visto:

La Ley 12.331, la Ley 26.842, la Ley 26.364, la Ley III N° 21, la Ordenanza

126/14, la ordenanza 118/15, y los términos de la nota cursada por el Juez Federal

Guido S. Otranto a requerimiento de la comisión de Promoción Social, Educación, Cultura y Deportes.

Considerando:

Que en nuestra ciudad fueron clausurados por la justicia federal locales nocturnos catalogados como “whisquerías, cabarets, clubes nocturnos” donde se constató acciones compatibles con la trata de personas con fines de explotación.

Que el delito de trata de personas que, a partir de la sanción y promulgación de la Ley 26.364, sobre Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus víctimas, ha sido incorporado en el Artículo 145 bis y complementarias del Código

Penal es en magnitud, el tercer ilícito en el mundo después del tráfico de armas y

drogas. Contempla aspectos vinculados con el poder y la situación de extrema

vulnerabilidad de grandes sectores de la población mundial y crece esmesuradamente operando a través de redes criminales.

Que la Ley 26.842 en su definición del delito de tata de personas no requiere

necesariamente que exista una situación de sujeción física o psicológica sobre las

Que las casas o lugares donde se ejerza la prostitución o se incite a ella está prohibida desde el año 1937, por la Ley 12.331 (articulo 15 y 17); que el artículo 145

bis del Código Penal sanciona a quien “ofreciere, captare, trasladare, recibiere o

acogiere personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional,

como desde o hacia otros países aunque mediare consentimiento de la víctima”

Que la Ley III N° 21, propicia la descentralización de las políticas de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes para el efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, ratificados.

Que de acuerdo a relevamientos realizados desde áreas oficiales y procedimientos y actuaciones judiciales, los ámbitos en los que se desarrolla esta actividad delictiva son los locales de diversión nocturna tipificados como “whisquería”, “cabaret”, “nigth club” y “club nocturno”, entre otros espacios públicos y privados, no habiendo hasta el presente, decisiones políticas contundentes que pongan límites al funcionamiento de estos lugares, desde donde se cometen ilícitos que atentan contra Que, en tal sentido, la Municipalidad de Esquel, en consonancia a lo antes dicho debe adecuar la normativa municipal vigente en relación a la habilitación de locales llamados “Cabarets, Whiskerías, clubes nocturnos, boite, o establecimientos y/o locales nocturnos de alterne”.

Que este cuerpo reafirma como Política de estado Municipal, la lucha contra la

trata de personas, explotación sexual y la contención de sus víctimas, fortaleciendo

campañas de prevención y concientización, tal como lo plantea la Ordenanza 126/14.

POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS

FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY XVI Nº 46 sanciona la presente

ORDENANZA

ART. 1º: PROHÍBASE en todo el Ejido Municipal de la ciudad de Esquel, el

funcionamiento de locales de diversión nocturna tipificados como: Cabarets,

Whiskerías, clubes nocturnos, boite, o establecimientos y/o locales nocturnos de

alterne, no tramitando en consecuencia este Municipio a partir de la fecha de

promulgación de la presente Ordenanza, el otorgamiento de habilitaciones a tales fines.

ART. 2º: Entiéndase a los efectos de la presente Ordenanza por Cabarets,

Whiskerías, clubes nocturnos, boite, o establecimientos y/o locales nocturnos de

alterne:

a) A todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen,

toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de

prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad,

b) A todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes y/o clientes traten con hombres y/o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía, y/o c) A todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación, se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no las personas su consentimiento para ello.

ART. 3º: Prohíbase en todo el ejido municipal de la ciudad de Esquel, a partir de la

promulgación de la presente, el otorgamiento de habilitaciones de locales no

tipificados en el Articulo 1, y definidos en el Artículo 2, que en su actividad incluya la

presencia de bailarinas de pista uniformadas o no, que bailen o alternen con los

concurrentes, contratadas o no a tal efecto.

ART. 4º: Las habilitaciones de locales enumerados en el Artículo 1º de la presente, que se encuentren vigentes, caducarán automática y definitivamente a la fecha de

promulgación de la presente.

ART. 5º: Incorpórese al Código Tributario el artículo 173 bis, con la siguiente redacción, sin perjuicio de las sanciones penales que correspondieren:

“ART.173 bis: En los casos en que se comprobare la existencia de locales donde se

facilite realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga

provecho de la explotación sexual o trata de personas, que incluya la presencia de

bailarinas de pista uniformadas o no, que bailen o alternen con los concurrentes,

contratadas o no a tal efecto, se procederá a sancionar con multa de 5000 módulos,

clausura automática y definitiva del local en el que se constatare la actividad, la

inhabilitación del titular o responsable por un período de hasta 10 años para la

tramitación de cualquier licencia comercial”.

ART. 6º: Modifícase el Artículo 1 inciso e, de la ordenanza 118/15, eliminando del

mismo los rubros “…cabaret, boites, night club y whisquerias…”

ART. 7º: Modifícase el Artículo 2 de la Ordenanza 118/15, eliminando el análisis de

ART. 8º: Disponer que el Departamento Ejecutivo Municipal realice por si mismo o en

convenio con otras instituciones, capacitación a los inspectores municipales, a los

efectos de optimizar la operatividad de la presente Ordenanza.

ART. 9º: Deróguese toda otra disposición normativa que se oponga a los contenidos de la presente ordenanza, en especial las normas de carácter tributario vigentes, es

decir tasas y/o contribuciones que establezcan como recurso el ingreso derivado de

las actividades que se prohíben en esta ordenanza.

ART. 10º: Remítase copia de la presente Ordenanza a todos los Municipios de la

Provincia de Chubut y al Municipio de El Bolsón, Provincia de Rio Negro.

Esquel, 12 de noviembre de 2015.

Horacio A. Iturrioz. Pte.

Lorena Anderson Secretaria Legislativa

H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14ª Sesión Ordinaria del 2015, bajo Acta 17/15, registrada como Ordenanza Nº /15.

POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín

Municipal y cumplido, archívese.

SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2015.

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Como Epuyén en El Hoyo: Szudruk declaró al municipio en estado de alerta económica y financiera

El Hoyo: Szudruk declaró al municipio en estado de alerta económica y financiera

El intendente Mirco Szudruk mediante resolución nº 569/2015, declaró el estado de alerta económica y financiera de  Municipalidad de El Hoyo a partir del día 1º de octubre de 2015 y  hasta el día 31 de diciembre de 2015, ante la baja del valor del petróleo crudo con impacto directo y negativo en el ingreso de coparticipación , cuyo 90% se ve afectado al pago de salarios de personal de planta y sus correspondientes aportes y contribuciones de acuerdo a las exigencias de la legislación laboral vigente y a contratados.

A estas erogaciones demandadas por el cumplimiento de pago salarial, se suman los gastos fijos y operativos, provocando   mayores egresos que ingresos que los previstos en el presupuesto, para  garantizar el normal funcionamiento de la administración municipal.
Además entre los considerados de la resolución, se cita el aumento del 30% otorgado al personal municipal, escalonado, como así   también, re categorizaciones, que deja más que fundamentado la  voluntad de este gobierno, de mejorar las condiciones salariales y   laborales de todos los trabajadores sin incurrir en ninguna clase de   perjuicios al erario municipal y también a sus dependientes. Sumándose a lo antes expuesto que durante esta gestión municipal el personal en relación  de dependencia se ha visto beneficiado en un incremento en sus haberes  en cuatro oportunidades.

Mientras que por otra parte, a las erogaciones antes mencionadas se agrega el incremento impuesto por el HCD del 300% a sus dietas , poder legislativo éste que hizo caso omiso a los fundamentos del veto interpuesto oportunamente por el departamento Ejecutivo.

Es en ese marco de crisis económica financiera municipal, que el personal político superior, como los miembros del HCD , no perciben desde hace cuatro meses sus ingresos.

Citándose también como perjudicial a la hora de hablar de problemas financieros, la falta de cumplimiento por parte del gobierno de la Provincia sobre de bajada de fondos destinados a obras publicas que hoy se encuentran paradas y abandonadas, como por ejemplo el edificio del servicio de protección de derechos y la oficina de turismo; además de la falta de respuesta sobre reiteradas solicitudes de A.T.P. elevadas por el DEM , a los fines de cubrir el desfasaje económico producido por la baja de los importes coparticipables. 

Estas situaciones antes expuestas, obligaron al ejecutivo municipal de El Hoyo a adoptar medidas de acción concreta estableciendo como  prioridades emergentes de la actual situación financiera abonar las   remuneraciones del personal municipal y el cumplimiento de la  prestación de servicios públicos esenciales y de carácter sanitario y  social a cargo del municipio; RESOLVIENDO DECLARAR EL ESTADO DE ALERTA ECONÓMICA Y FINANCIERA de   Municipalidad de El Hoyo a partir del día 1º de octubre de 2015 y   hasta el día 31 de diciembre de 2015.

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El Hoyo: Convocan a aspirantes a Reina Nacional de la Fruta Fina

El Hoyo invita a jóvenes aspirantes a

Reina Nacional de la Fruta Finaimage

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Liliana Huarte presenta: “Del Mar a la Cordillera”

“Del Mar a la Cordillera”

En la mañana de hoy jueves 12 de noviembre se realizó una conferencia de prensa en la Casa de la Cultura que le dio presentación al espectáculo musical titulado con el nombre “Del mar a la cordillera”, debido a la peregrinación de cantores que  se dará este fin de semana, donde muchos cantantes provenientes del Valle del Chubut (Gaiman, Dolavon, Madryn, Rawson, Trelew) desembarcaran en tierras cordilleranas para presentar el trabajo que vienen realizando en el marco del taller El Encanto de Cantar dirigido por Liliana Huarte y Claudia Capaccioni. image

Taller

El taller dirigido por Claudia y Liliana, está destinado a aquellas personas interesadas en el canto solista, y tiene sede en el Teatro Español de Trelew, aunque también se desarrolla una vez al mes acá en la comarca, los alumnos que participan en el mismo serán los que expondrán sus trabajos en este espectáculo musical, ya que se considera a la actuación en público como parte del proceso de aprendizaje. El director de Cultura del municipio de Lago Puelo le ha abierto las puertas de la Casa de la Cultura para que este sábado a las 21:30 horas se realice la mencionada muestra musical, trabajada durante todo el año en los talleres dictados.

Espectáculo

Además de la actividad del sábado en Casa de la Cultura, habrá otra show más que será mañana viernes a las 21 horas en la fundación Harmos de El Bolsón. Habrá artistas invitados de la zona como es el caso de Carlos “Lole” Rey Pugh y la pareja de bailarines de tango Nazareno y Guillermina Claro. Los ritmos musicales interpretados se caracterizaran por la diversidad he irán desde el tango al pop, pasando por la milonga, el melódico  y las baladas. Alrededor de 20 solistas se presentaran entre las dos ediciones de Bolsón y Lago Puelo.

Las organizadoras del evento también cantaran, nos deleitaran con piezas de tango y baladas respectivamente. Se espera la asistencia del público en general y la colaboración con la entrada que servirá para costear el transporte, la comida y el alojamiento de los cantores provenientes de otras regiones de la provincia. La misma puede ser adquirida de forma anticipada en El Talismán ( Sarmiento 323 – El Bolsón ).

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DEFENSORÍA DE POBRES Y AUSENTES: LISTADO DE CITACIONES

LISTADO DE CITACIONES AL 12/11/2015

DEFENSORÍA DE POBRES Y AUSENTES - ATENCIÓN AL PUBLICO DE 8 A 13 HS -

SE ATENDERÁ LOS DÍAS  LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES SOLO A USUARIOS CON TRAMITE INICIADO Y LOS DÍAS MARTES Y JUEVES A PERSONAS QUE QUIERAN INICIAR TRAMITES Y HACER CONSULTAS

DEBERÁN PRESENTARSE  EN LA DEFENSORÍA DE BOLSÓN, SITA EN CALLE ROCA 466 DE EL BOLSÓN, LAS SIGUIENTES PERSONAS:

. Torres Guillermo Gabriel

. Fernández Rodrigo Ariel

. Vergara Daniel Alfonso

. Berias María Laura

. Maldonado Daiana Micaela: DEBERÁ PRESENTARSE PARA AUDIENCIA DE MEDIACIÓN EL DÍA VIERNES 20/11/15 A 8.30 HS

. Millaleo Matías Nicolás: DEBERÁ PRESENTARSE PARA AUDIENCIA DE MEDIACIÓN EL DÍA VIERNES 20/11/15 A 10.30 HS

. González Mayra Gisel: DEBERÁ PRESENTARSE PARA AUDIENCIA DE MEDIACIÓN EL DÍA VIERNES 04/12/15 A LAS 10.30 HS

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Legislatura Chubut: Defensores del Pueblo serán observadores en el balotaje

Defensores del Pueblo serán observadores en el balotaje Simionati resaltó “experiencia positiva” en veeduría electoral

El Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut, doctor Héctor Simionati, difundió aspectos relevantes respecto de misiones y funciones constitucionales emprendidas, en conjunción con demás Defensorías del Pueblo de la República Argentina, respecto del rol de veeduría electoral, destacando en ese sentido “la importancia de la consolidación del ejercicio democrático”.image

El funcionario chubutense consideró como “experiencia positiva” la participación que le cupo, como así también para funcionarios y personal de otras Defensorías del Pueblo del país, en la tarea cumplida en la elección general, conjuntamente con la Dirección Nacional Electoral como Observadores del Recuento Provisional de Resultados para garantizar la transparencia del escrutinio realizado el día 25 de Octubre del presente año.

“Los Defensores del Pueblo estuvimos presentes, desde de las 18 hs., en 159 Centros de Transmisión Digitalizada (CTD) del Correo Argentino ubicados en las principales ciudades y todas las capitales provinciales del país para observar la recepción y posterior digitalización de los telegramas de resultados”, explicó Simionati.

Explicitó el importante rol desempeñado de verificar estos aspectos inherentes al ejercicio democrático nacional: “El funcionamiento idóneo de las cámaras que graban las operaciones y los escáner, y la presencia del personal designado en cada CTD; Que los sobres que contienen el telegrama lleguen cerrados, que no presenten alteraciones y que estén debidamente individualizados con su correspondiente número de mesa y código de barras; La correcta apertura de los sobres en presencia de los fiscales de las agrupaciones políticas acreditadas en cada CTD, y el adecuado escaneo de los telegramas por el personal designado”.

No se detectaron fallas

Refirió que “el Defensor del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Alejandro Amor, manifestó desde el Centro Nacional de Operaciones Electorales que la Cámara Electoral propuso que las Defensorías del Pueblo de la República Argentina sean las encargadas del control en las sedes de los correos a donde llegan los datos de todas las escuelas, para resaltar que “en la mayoría de los puntos relevados no detectamos fallas en el funcionamiento ni de las cámaras de seguridad ni en la operatividad de los escáner para la transmisión de datos”.

El rol que asumieron las 28 Defensorías del Pueblo que participaron en el operativo desplegado a través de 337 observadores dispuestos en los principales distritos electorales del país surgió como consecuencia de una iniciativa de las Defensorías del Pueblo propuesta ante la Cámara Nacional Electoral e instrumentada por la Dirección Nacional Electoral.

Veeduría electoral en el balotaje

“Las Defensorías del Pueblo de la Argentina seguramente repetiremos el procedimiento de veeduría en el balotaje del 22 de noviembre, oportunidad en la que se duplicará el esfuerzo para lograr cubrir casi la totalidad de los Centros de Transmisión Digitalizada de todo el país”, refirió el Defensor del Pueblo chubutense.

Exhortación a Scioli y Macri

Otro aspecto significativo citado por autoridades de A.D.P.R.A. fue la exhortación de los Defensores del Pueblo de la República Argentina a los candidatos a Presidente de la Nación, Daniel Scioli y Mauricio Macri, para que “en caso de resultar elegidos, se comprometan a designar a los titulares de las Defensorías del Pueblo del país que se encuentran vacantes, como las de la Nación, las Provincias de Bs. As., Santa Fe, San Luis, Entre Ríos y de varios municipios, y a crear una Defensoría del Pueblo en aquellas provincias en las que todavía la institución no existe”, informó Simionati.-

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Boletín Oficial Municipalidad de El Bolsón Nº 57 (PDF)

BOLETIN OFICIAL_N° 57_Municipalidad de El Bolsón_121115

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