14/1/15

Confirman condena a Río Negro por apremios ilegales policiales

Confirman condena a Río Negro por apremios ilegales policiales

Deberá pagarle $ 68.310 a un vecino de El Bolsón golpeado en 2004.

Los hechos ocurrieron el 1 de enero del 2004 en la Comisaría 12ª. Primero llegó la condena penal a los uniformados y luego la civil al Estado.

BARILOCHE (AB).- La Cámara de Apelaciones en lo Civil de esta ciudad confirmó un fallo de primera instancia que condenó a la Provincia a indemnizar a un hombre por los daños y perjuicios que sufrió por los apremios ilegales cometidos por dos empleados policiales.

Los jueces Edgardo Camperi y Carlos Cuellar resolvieron confirmar la sentencia del juez civil de primera instancia Santiago Morán, que condenó el 14 de febrero de 2014 a la Provincia a pagar 68.310 pesos a un ciudadano de El Bolsón que fue golpeado por dos policías, que fueron condenados en 2009 a un año de prisión en suspenso por la Cámara Criminal Primera de Bariloche. El fallo condenatorio quedó firme en noviembre de 2010 tras una sentencia del STJ.

El hecho ocurrió la madrugada del 1 de enero de 2004, cuando Huberlindo Muñoz se acercó a la comisaría 12 de El Bolsón con una sobrina, para denunciar un hecho en el que resultó víctima su hermano. En la unidad policial fue golpeado y sufrió lesiones. Por eso, reclamó la reparación del daño psicológico y moral.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó a finales de diciembre pasado el recurso de apelación que había interpuesto la Provincia de Río Negro contra el fallo de Morán.

"Si en la causa criminal que hemos tenido a la vista, se hubo dictado sentencia condenando a los agentes policiales demandados Néstor Nievas y Juan Fuentes, a la pena de un año de prisión en suspenso por el delito de vejaciones en perjuicio del aquí accionante, es evidente que el hecho fundamental sobre el cual se hubo construido el reclamo resarcitorio no puede ser colocado en tela de juicio", sostuvo Camperi.

"De una interpretación adecuada de los alcances del pronunciamiento criminal se concluye que el actor hubo resultado golpeado de manera ilegítima por los agentes policiales en ejercicio de funciones propias de su actividad y como agentes de seguridad y prevención de la organización estatal", advirtió Camperi.

"Por lo cual las consecuencias de dicha actividad deben trasladarse necesariamente al principal, en esta caso el Estado provincial como titular de la fuerza pública ejercida por la Policía de Río Negro de la cual dependían los funcionarios demandados", afirmó. Cuellar adhirió al voto, mientras que el tercer juez del Tribunal Emilio Riat se abstuvo.

RÍO NEGRO