7/10/15

ATECh no convoca, ni avala ningún PARO

Comunicado de Prensa ATECh

Ante la convocatoria de PARO realizada en nombre de los afiliados de la ATECh y de los Trabajadores de la Educación realizada por ATE y la denominada CTA Autónoma

La Junta Ejecutiva Provincial de la ATECh expresa:

  • Que la modificación realizada por la Legislatura sobre el artículo N° 80 de la Ley de Jubilaciones Provincial, fue inconsulto y resulta de imposible cumplimiento para el cálculo jubilatorio, de la mayoría de los trabajadores estatales.

  • Que la REFORMA planteada a esa modificación, que ingresara a la Legislatura el 1 de Octubre, realiza una MODIFICACIÓN a la vigente, dejando atrás la jubilación por PROMEDIO de haberes.

  • La REFORMA claramente expresa que nos jubilaremos en el MEJOR cargo que hayamos laborado durante 3 años continuos o discontinuos dentro de los últimos 10 años, aplicando el porcentaje correspondiente a la cantidad de años de aporte del trabajador a la caja provincial, al BRUTO REMUNERATIVO de dicho cargo al momento del CESE (por consiguiente el cargo con 120% de antigüedad)

  • Que del mismo modo, si tuviéramos SERVICIOS SIMULTANEOS, para el caso docente llamados en doble función o acumulación de horas cátedra, la reforma estable que se tendrán en cuenta si se cumple con la misma PREMISA arriba descripta, estos servicios simultáneos deben, para cobrarlos en el haber de jubilado, haberlos trabajado durante 3 (tres) años continuos o discontinuos dentro de los últimos diez años. De cumplirlo, se proporcionarán conforme al tiempo desempeñado en cada uno, con relación al tiempo requerido para la jubilación ordinaria , claramente, el texto de la reforma en su Artículo N° 80 inciso 1.a) ultimo párrafo dice: El HABER TOTAL será el resultante de la sumatoria de cada uno de los haberes parciales obtenidos conforme a los párrafos que anteceden...”,

  • Que para el caso de las BONIFICACIONES, y/o ADICIONALES remunerativos que se perciben en determinados cargos de los trabajadores estatales, ejemplo: los adicionales de la “Campaña” de los trabajadores viales, estos se percibirán COMPLETOS, en el haber de los jubilados, se el trabajador activo ha trabajado en la campaña (percibiendo ése “adicional”) durante 3 (tres) años en forma continua o discontinua, si han trabajado en 2 años los percibirán en proporción a 2/3, y si han trabajado un año lo percibirán en proporción a 1/3.

Por lo expresado, la ATECh no convoca, ni avala ningún PARO,

y SOLICITA a los/las Diputados

tratar el proyecto en Comisión, con la presencia de los representantes de los/las Trabajadores, y en la cesión del 13 o 15 de Octubre dar TRATAMIENTO LEGISLATIVO derogando la modificación realizada, con la REFORMA propuesta incorporando los aportes necesarios en beneficio de los/las Trabajadores.

Junta Ejecutiva Provincial

ATECh

Solo el amor alumbra lo que perdura,

Solo el amor, convierte en milagro el barro..." Silvio Rodriguez