30/11/10

Prensa MLP: Exposición en Casa de los Abuelo

Los abuelos de Lago Puelo expondrán sus obras en la Casa de la Cultura

La Casa del Abuelo de la Municipalidad de Lago Puelo invita a todo el público en general una muestra que se realizará el día viernes 03 de diciembre en la Casa de la Cultura de dicha comunidad, por disfrutar de las obras de los mayores de nuestro pueblo.

Se trata de una muestra que se realizará sólo por un día, y con el objetivo que muchas de las piezas que los abuelos moldean e idean en sus talleres sean conocidas y apreciadas por los visitantes de la exposición.

Entre ellas se destacan trabajos realizados sobre lana, como centros de mesa, escarpines u otras necesidades de la casa y también pintura sobre maderas, que demuestran una calidad en el arte que muchos tuvieron escondida por años, o bien no sabían que eran capaces de realizar.

En este mismo sentido habrá algunos objetos realizados con yeso y luego pintados, como mini percheros para colgar repasadores y otros utensilios de cocina o bien para ser utilizados como llaveros.

La cita para este encuentro con el arte y los protagonistas de la tercera edad es el día viernes de 11 a 16 Hs, donde además se compartirá de un espectáculo musical, entro otras sorpresas previstas desde la Dirección de Asuntos Sociales de la Municipalidad de Lago Puelo.

El intendente de Lago Puelo, Iván Fernández y la Municipalidad de Lago Puelo quieren hacer llegar un afectuoso y cordial saludo a los vecinos del Paraje Las Golondrinas por cumplirse este fin de semana el aniversario de la Asociación Vecinal. En este mismo sentido agradece la colaboración y las tareas en conjunto que se hacen con este grupo de vecinos por el bien de la comunidad y el crecimiento ordenando de ejido municipal, y por el compromiso que los mismos asumen ante sus pares gestionando y trabajando para este hermoso lugar de la localidad de Lago Puelo.

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ISFD 813: pre-inscripción

El Instituto Superior de Formación Docente Nro 813, abre la pre-inscripción para el ciclo lectivo 2011:

- Profesorado de Educación Especial con orientación en sordos e hipoacúsicos

- Técnicatura Superior en Bibliotecología

- Postitulo: Actualización académica en didáctica  de la matemática para la educación primaria

Informes en la sede del Instituto Remigio Nogués s/n Lago Puelo

Te 02944 499748 hasta el 21 de diciembre a las 21 hs

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UNRN: Exámenes

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO NEGRO informa a las personas pre inscriptas en las diferentes carreras que el día 6 de diciembre a las 18 hs se toma el examen voluntario de Introducción a la Lectura y Escritura Académica y el 7 de diciembre a las 18 hs se toma el examen de Razonamiento y Resolución de Problemas.
Asimismo solicitamos a los pre inscriptos que pasen a confirmar que se presentarán a este turno de exámenes.
Por cualquier duda acercarse a nuestra sede de Av. San Martín 2650 en frente de la Plaza Pagano de El Bolsón en el horario de 9  a 16 hs o comunicarse al 498939.

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Cooperadora Escuela 194: Canasta Navideña

LLegan las fiestas de fin de año, y para despedirlo la Asociación Cooperadora ha organizado el sorteo de una Canasta Navideña, que se realizará el día 16 de diciembre al término del Acto de egreso, en la escuela, el valor del número es de $2.- Los números estarán a la venta a partir del miércoles 1° de diciembre, y tienen el sello de nuestra Cooperadora. Les agradecemos el acompañamiento durante este año y deseamos a ustedes una Felíz Navidad y Próspero Año Nuevo. Nos encontramos el próximo año.

Comisión Directiva Cooperadora Escuela N°194 La Isla Lago Puelo.

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ISFD Nº 813: Postítulo Educación Matemática

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El Bolsón: 10 años para el homicida de la Plaza Pagano

Condenan a un joven a 10 años de prisión por un homicidio

Los jueces de la Cámara Criminal Primera de esta ciudad condenaron a Horacio Alejandro Luengo a esa pena porque lo encontraron culpable por el crimen de Hernán Barreiro. El hecho ocurrió el 15 de enero de 2004, en la Plaza Pagano de El Bolsón.

La Cámara Criminal Primera de Bariloche, integrada por los jueces Alejandro Ramos Mejía, Alfonso Esteban Pavone y Marcelo Barrutia, resolvió condenar por unanimidad a Horacio Alejandro Luengo a la pena de 10 años de prisión por hallarlo responsable del homicidio de Hernán Barreiro.
La sentencia se difundió ayer desde la oficina de prensa local del Poder Judicial.

Pavone dijo en su voto, al que adhirieron Ramos Mejía y Barrutia, que el agente fiscal Guillermo Lista imputó a Luengo el hecho que ocurrió en la madrugada del 15 de enero de 2004, en la Plaza Pagano de El Bolsón.

Lista sostuvo que Luengo, de 28 años, mantuvo una discusión con Barreiro y lo agredió con un arma blanca tipo cuchillo, arrojándole varios “puntazos”. El fiscal dijo que Luengo le aplicó un puntazo en la pierna izquierda a la altura del muslo, producto de lo cual le causó una herida, que le seccionó parcialmente el cuerpo muscular del recto anterior y la arteria femoral, ocasionando de ese modo una hemorragia masiva que, a continuación, le produjo un shock hipovolémico y su posterior fallecimiento.

Pavone recordó que el abogado querellante, en representación de la familia de la víctima, Raúl Miguel Ochoa, pidió 15 años de prisión, accesorias legales y costas, para Luengo.
Por su parte, el Fiscal de Cámara Carlos Alberto López, en su alegato dijo que “que no está en duda la materialidad del hecho. Se acreditó la muerte con certificado de defunción, autopsia”. Destacó que la herida mortal fue producida por arma blanca muy filosa con una herida de magnitud.

El fiscal calificó el hecho como homicidio simple y pidió la pena de 10 años de prisión, debiendo correrle vista oportunamente para una eventual unificación en atención a que el imputado registra antecedentes.

López tuvo en cuenta para el pedido de pena, la ingesta alcohólica del imputado al momento del hecho, pero que para nada lo hace incurso en algún supuesto de inimputabilidad.
Sentencia

En cambio, el defensor particular, Rodolfo Rodrigo, dijo en su alegato: “Venimos a este debate con la sentencia dictada por la querella, por la fiscalía y por el Presidente del Tribunal (en referencia a Ramos Mejía)”.

Rodrigo desestimó el supuesto de inimputabilidad para su asistido. Y tampoco planteó nulidad alguna en relación al tiempo de duración del debate.

Dijo que la acusación de la querella la comprende a pesar de las innumerables fisuras que tiene, pero que no comprende el alegato de la fiscalía que no analiza todas las testimoniales de la causa.

Sostuvo que “tanto Luengo como Chatruc hablaron de la mano herida de Gauna. Tampoco se puede soslayar que esa noche fue una noche de drogas y alcohol”.

Y pidió la absolución por la duda, y que subsidiariamente el Tribunal tenga en cuenta la noche de rivotril y alcohol.

El Fiscal replicó que “no hay una razón seria para que el defensor diga que hubo ocultamiento de pruebas”. López sostuvo que analizó cada uno de los testimonios pero resaltó los que hacen al cargo, la fiscalía como el tribunal tiene criterios de selección de prueba.
Responsabilidad
Pavone consideró que luego del debate “se ha acreditado con la certeza necesaria a la etapa procesal que nos ocupa tanto la materialidad como la autoría y responsabilidad del imputado”.
“Tengo por probado que el día 15 de enero del año 2004, alrededor de las 3, en la plaza Pagano de la localidad de El Bolsón, el prevenido en el marco de una discusión emprendida con Hernán Alfredo Barreiro, agredió al nombrado con un arma blanca, tipo cuchillo, arrojándole "varios puntazos", y aplicándole uno de aquellos en la pierna izquierda a la altura del muslo, producto de lo cual le produjo las heridas de que da cuenta la pericial médica, que se incorporara por lectura, ocasionándole una hemorragia masiva que a continuación le produjo un shock hipovolémico y su posterior fallecimiento”, afirmó el juez en la sentencia.

Pavone sostuvo que quedó “acreditada fehacientemente además de la materialidad también la autoría por parte del imputado Luengo. En efecto tal aseveración se prueba de manera determinante por los claros y contundentes dichos de los testigos …”

Indicó que Ricardo Alberto Zúñiga, quien aún transcurrido el tiempo de casi seis años desde que declarara por primera vez en esta causa en sede policial, “lo hizo en esta oportunidad coincidiendo con la anterior y explicando claramente que aún pese el tiempo transcurrido al hecho lo recuerda en forma completa, ya que tuvo una experiencia que lo marcó en forma profunda al haberlo presenciado”.

El testigo explicó que “esa madrugada estaban todos juntos en la plaza Pagano, donde se habían juntado para tomar cerveza y a fumar marihuana. Estaban en esa oportunidad "El Chino", El Lechón" (Luengo), otro chico que se fue de El Bolsón y por último la víctima Barreiro”.

Faca

Dijo que “en un momento determinado de esta reunión el imputado, "El Lechón" le dijo a la víctima que le diera un "porro", como éste no le dio nada se dirigió al "Chino" diciéndole que le pasara la faca, con la cual le dio una cuchillada en la pierna a este muchacho Barreiro. Afirmó que el chico que murió no tenía ningún arma.

Explicó que por más que sufre de esquizofrenia está medicado y recalca nuevamente que recuerda perfectamente lo que pasó esa noche.

“Cabe por último destacar respecto de este testigo que tal como dijera aún después del tiempo transcurrido, relata la verdad de lo ocurrido, aún tal cual el dijera en debate a riesgo de lo que le pudiera pasar por parte de los amigos del "Lechón" que podrían tomar algún acto de venganza”, valoró Pavone.

Luego, el juez citó en la sentencia la declaración de otros testigos que en el juicio comprometieron al acusado.

Pavone destacó que “es evidente que ante tal cuadro probatorio, cabe desechar el intento defensivo esbozado por el imputado, quien declarara ante el Juez de Instrucción y también antes de cerrar el debate en audiencia”.

Observó que no se probó “más allá de cierta ingesta alcohólica y sustancias tóxicas que hayan ingerido los intervinientes en el suceso, ya que (y tal como también lo reconoce la defensa) ninguno, testigos ni imputado, se encontraban en estado de inconsciencia”.

Pavone tuvo en cuenta la situación socio-económica del imputado, su juventud y la “circunstancia” que rodearon al hecho como ingesta alcohólica y consumo de sustancias tóxicas, pero en contra del acusado valoró la existencia de los antecedentes condenatorios que tiene Luengo y la actitud de escapar al accionar de la justicia por años. Por eso, propuso imponer 10 años de prisión.

FUENTE

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Epuyén: Confirman Condena contra Ex Intendente

Cámara Penal confirmó condena contra ex intendente Luis Rubilar

30/11/2010  | En una audiencia celebrada ayer en los tribunales de Esquel, el tribunal de la Cámara en lo Penal compuesta por los jueces Dra. Nelly N. Garcia, en su carácter de Presidente, y los Dres. Cristina I. Jones y Víctor A. Sarquis, procedieron a dictar sentencia ratificando el fallo que en primera instancia condenó al ex intendente de Epuyén, Luis Rubilar, a dos años de prisión en suspenso, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 9.901 pesos por el delito de peculado de bienes en concurso ideal con malversación de caudales públicos, dos hechos en concurso real en perjuicio de la administración pública.


Cabe recordar que el abogado defensor de Rubilar, Dr. Juan Colihuque había planteado la impugnación poniendo en crisis la calificación legal impuesta a su asistido, y alegó en primer lugar una errónea aplicación, por parte del Tribunal, del tipo penal del Peculado, respecto de los hechos atribuidos a su defendido, destacando que no existió respecto del mismo, prueba conducente que pudiera acreditar la existencia del “elemento subjetivo” requerido para dicho delito, esto es la voluntad de sustraer caudales o efectos de la administración, ni de darle a éstos una finalidad distinta a la reglada.

Sin embargo la Cámara rechazó la impugnación presentada y confirmó en todos sus términos el fallo dado por el tribunal que integraron los jueces Estefania, Rolón y Allende, que condenó a Rubilar el pasado 27 de abril del corriente año.

Recordemos que a Rubilar se lo juzgó por una serie de irregularidades cometidas entre el 19 de octubre de 2005 y el 10 de diciembre de 2007, cuando este era intendente en Epuyén.
Estos hechos fueron denominados en la causa como “Centro comunitario El Pedregoso”, “Puesto de control de Gendarmería El Cruce”, dos obras que a pesar de tener financiamiento no se habían ejecutado, en tanto que también se sumaron como causas los programas “Hábitat Rural”, y “Mejoramiento habitacional”, que se referían a la construcción y reparación de viviendas, todos ellos en perjuicio de la Administración Pública.

Es importante señalar que los magistrados en su momento habían entendido que Rubilar fue responsable de haber utilizado fondos públicos otorgados con un fin específico, para otros usos diferentes a aquel fin. En todo momento se resaltó que no hubo ningún indicio de que el ex intendente se hubiese apropiado de ese dinero, sino que lo empleó, dentro de la órbita del municipio de modo discrecional. En relación al peculado, la sustracción del dinero se refiere a dos pagos efectuados en concepto de adelanto por trabajos que nunca se concretaron y que tampoco quedó debida constancia de esos créditos a favor del municipio para que pudieran ser reclamados.

FUENTE: EL CHUBUT

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