6/5/10

Prensa Dip. Daniel SARTOR

Los Legisladores provinciales Adrián Casadei, Adriana Gutiérrez, Daniel SARTOR, Jorge Pascual, Iván Lazzeri, Adrián Torres, Gabriela Buyayisqui, Carlos Sánchez, Graciela Grill, Rubén Lauriente, Nelly Meana, rechazaron hoy por inoportuna,  improcedente y nula la intimación y notificación pretendida y en los términos emergentes de la Carta Documento que Jorge Sartor les remitiera en su carácter de autoridad partidaria, entendiendo que tal notificación resulta carente de toda virtualidad jurídica para ser considerada en proceso partidario alguno.

Los legisladores explicaron que fundaron su rechazo en que expresamente desconocen la validez jurídica de la resolución que se pretende notificar, por ser la misma producto de una reunión con apariencia de Convención Provincial, pero que no reviste tal carácter.

No obstante ello, y en forma subsidiaria a la nulidad relatada, mencionaron que existen otras razones de rechazo a la intimación cursada, así mencionaron que entre otras cuestiones centrales, a la fecha el anteproyecto de Ley de Declaración de Necesidad de Reforma a que se hace referencia en la intimación, les es absolutamente desconocido, ya que jamás se les remitió, notificó del mismo, ni se los convocó a reunión explicativa alguna por sus autores y/o promotores de la reforma o los famosos especialistas aparentemente contratados para dictaminar al respecto. 

Los legisladores rechazaron y negaron especialmente que sea competencia y facultad de la Convención Provincial de la UCR como órgano partidario, y mucho menos de la reunión a la que en la intimación se considera como tal,  realizada en Choele Choel el 24 de abril de 2010, emitir las instrucciones que lucen transcriptas en el artículo 3º de la Carta Documento remitida, toda vez que en manera alguna se puede emitir una instrucción, mandato u orden a un legislador provincial, sobre el sentido de su opinión legislativa al momento de sancionarse una ley.

Al postularse al cargo como candidatos, lo hicieron bajo reglas específicas y una PLATAFORMA ELECTORAL aprobada por los organismos partidarios pertinentes y por la Justicia Electoral, en la cual no existe indicación, mención o referencia a la modificación de la Constitución Provincial, lo que aleja la posibilidad siquiera de considerar aplicables sanciones partidarias o revocatoria de mandato por aquellas decisiones que no violen en forma ostensible y grave dicha plataforma, como claramente lo exige dicha Constitución.

Asimismo sostuvieron que puede aceptarse a modo personal, que se pueda instruir partidariamente a que un legislador trate un tema sometido al Parlamento, pero jamás a votar en un sentido u otro, como se desprende de su carta documento, que si se lee atentamente ordena o exige a los legisladores la aprobación ”en silencio”  del proyecto de declaración de la necesidad de la reforma que remita el Poder Ejecutivo, lo que carece de toda lógica y justicia,  y es una verdadera afrenta al principio de la representación popular.

El pueblo no gobierna sino a través de sus representantes, que son postulados exclusivamente por los Partidos Políticos, pero son elegidos por el pueblo en elecciones generales y a ellos representan.

Lo dicho los obliga a  rechazar expresa y absolutamente cualquier instrucción al respecto, venga ya de organismos partidarios legal y legítimamente constituidos o no –como en el caso-, como de cualquier otro grupo o factor de poder de que se trate.

Entienden  que si bien no corresponde “agarrárselas con el mensajero”,  la acción de intimar a un legislador provincial mediante carta documento para que vote tal o cual ley en un sentido específico bajo apercibimiento de someterlo a procesos sancionatorios con fines destitutorios, es de una gravedad institucional inusitada en la política rionegrina, acción que por supuesto será analizada desde su faz disciplinaria partidaria, como desde la óptica del derecho penal, ya que es pasible de constituir una coacción penalmente tipificada, de la cual lo hacen personal y plenamente responsable a quien suscribe la carta documento.

Finalmente, manifiestan que pretenden alcanzar un acuerdo y aseguraron que trabajan diariamente para la resolución de dicha situación, apelando a la buena voluntad de las partes.

Gracias por la difusión.

PABLO REY*
Prensa Dip Daniel SARTOR
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