2/12/10

Promulgaron ley de transporte turístico para el Corredor de los Lagos

Promulgaron ley de transporte turístico para el Corredor de los Lagos

02/12/2010  | La Ley sobre el Transporte Turístico Terrestre en el Corredor de los Lagos Andino-Patagónicos (Ley 26.654) ha sido promulgada sin cambios respecto de la sanción del Congreso de la Nación. Resta ahora  la  ratificación de las Legislaturas Provinciales de Neuquén, Río Negro y Chubut y los acuerdos regionales.

Esta información fue confirmada por las áreas técnico-legales respectivas del Poder Ejecutivo Nacional y comunicada por el Senador Nacional Horacio Lores a la Lic. Florencia Aversa, secretaria de Turismo de la Municipalidad de Esquel, quien participara de la reunión de la Comisión de Infraestructura, Vivienda y Transporte del Senado de la Nación, en la que fue analizado el proyecto antes de su  tratamiento en el Recinto.

Hasta el momento, el transporte interprovincial de pasajeros sólo se habilitaba con una licencia temporaria, y la nueva normativa busca resolver esta conectividad del transporte de pasajeros, ya que se basa en  los aspectos legales del transporte interprovincial con fines turísticos.

Además otorga los permisos correspondientes para operar en el denominado ”Corredor de los Lagos Andino Patagónicos”. Estos  habilitan a los  operadores a prestar servicios de viajes internacionales de turismo a la República de Chile, con origen en el Corredor de los Lagos Andino Patagónicos, a través de los pasos transfronterizos existentes en el mismo.

Las modalidades a través de las cuales pueden desarrollarse los servicios para el turismo previstos en esta ley son: Receptivo, Circuito cerrado,  Multimodal,  Lanzadera, Rotativo y todo otro servicio comprensivo del transporte y el alojamiento de turistas, que las autoridades competentes provinciales razonablemente establezcan.

Este proyecto facilitará la conectividad y beneficiará a 17 comunidades de las provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, entre ellas las neuquinas: Villa Pehuenia, Aluminé, San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Villa La Angostura y Villa Traful. Las rionegrinas: El Bolsón, San Carlos de Bariloche y Dina Huapi, y las localidades chubutenses de  Corcovado, Trevelin,  Esquel, Cholila, El Maitén, El Hoyo, Epuyén y Lago Puelo.
La Ley fue publicada en el Boletín Oficial este miércoles 1º de diciembre.

FUENTE