9/6/11

Municipio de El Hoyo Contestó la CD al IPV

Luego que el HCD de El Hoyo adjudicara los los lotes a los vecinos adjudicatarios de las viviendas que el IPV construiría en la Localidad, se produjo un cruce de Cartas Documento. 

TEXTO COMPLETO DE LA CARTA DOCUMENTO QUE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO LE ENVIÓ AL IPV

de Primera Voz, el jueves, 09 de junio de 2011 a las 7:08

Municipalidad El Hoyo Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano

Av. Islas Malvinas s /n Don Bosco 297

8431 El Hoyo Chubut 9103 Rawson Chubut

Sres. Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano:

Por medio de la presente cumplo en tiempo y forma a dar respuesta a vuestra CD 776760779 Y 776760796, la cual debo rechazar en todos sus términos por improcedente , falaz y maliciosa. Se niega expresamente la Oza. 044/2011, se encuentre viciada en su merito.-

Conforme es de vuestro conocimiento la Oza. 081/09, por medio de la cual se adquiere la Parcela 12 Chacra 3 Circunscripción 1 de la localidad de El Hoyo, tuvo por objeto, autorizar al Poder Ejecutivo a adquirir en forma directa e inmueble referenciado, no desprendiéndose de la misma que su objeto haya sido, la construcción de un Plan de viviendas.-

El referido agradecimiento al que Uds. Refieren (año 2009) es lógico, protocolar y de buena educación ya que como el decreto refiere, es una de las prioridades del Gobierno provincial la asistencia a Municipios, no desprendiéndose del Decreto 1280/2009 que el mismo fuera otorgado para la construcción de un Plan de Viviendas.-

Sin perjuicio de vuestras manifestaciones referentes a los trabajos previos, que manifiestan haber realizado, y que esta parte desconoce, como el contenido del Expediente 1629/10 SIP y SP/ipv, se concluye de la manifestación de la fecha que refieren se habría publicado en el Boletín Oficial, fechas 11 al 17 de marzo de 2011, y en Diario El Chubut, de fecha 05 y 06 de marzo, se habrían efectuado una vez vencido el plazo referido en el artículo 2 de la Oza. 075/2010. 

Vuestro Instituto, conoce a la perfección, los tiempos, y los efectos de las Ordenanzas, como la que a la fecha pretenden desconocer, reconociendo vuestra parte expresamente, el incumplimiento al cargo impuesto en la referenciada normativa.-

En referencia a las notas suscriptas por Secretaria de Urbanismo, las mismas obedecieron a motivos distintos a los que vuestra parte ahora pretende imponer. Su comentario malicioso respecto, que el origen de las mismas, obedecieron a las Notas 5575 y 5576, son improcedentes, falsos y maliciosos. Fundo lo expuesto, en primer lugar, la nota N° 5575, fue respondida en fecha 26 de agosto de 2010, mediante promulgación de la Oza. 075/2010, artículo Cuarto, no constando en registros de este Municipio, ingreso alguno de la referenciada Nota 5576, por lo cual la demora en la respuesta a notas cursadas por vuestro Instituto, resulta falsa, e inexistente.-

Por todo lo expuesto, se niega expresamente que resulte fehacientemente acreditado, el cumplimiento del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de los compromisos asumidos respecto a la obra a ejecutar, por lo expuesto, resulta debidamente fundada, motivada y acreditada, la Oza. N° 044/2011, negándose existencia de vicio alguno en la norma por la cual vuestra parte pueda reclamar la nulidad absoluta, ni de ningún tipo.-

Por todo lo expuesto, informamos que la Ordenanza Numero 044/2011se encuentra vigente. Se deja expresa constancia que esta parte no asume ni reconoce responsabilidad de ningún tipo, por los efectos, y acciones que vuestra negligencia e incumplimiento puedan ocasionar, se niega, el apercibimiento formulado por improcedente. Dicho acto, queda bajo su particular decisión, y obedecería en todo caso, a vuestro negligente actuar, y responsabilidad. Se niega