6/5/12

Lago Puelo: Denuncian a juez que negó aborto a niña de 12 años

El juez José Oscar Colabelli vuelve a tener una acusación ante el Consejo de la Magistratura del Chubut.

El juez José Oscar Colabelli vuelve a tener una acusación ante el Consejo de la Magistratura del Chubut.

Denuncian a juez que negó aborto a niña de 12 años

00:19 05/05/2012

José Colabelli, de Esquel, "prioriza sus convicciones por sobre el derecho".

ESQUEL (AEB).- El juez penal José Oscar Colabelli fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura del Chubut con el argumento de que negó a una niña de 12 años el derecho a acceder a una práctica médica legal (aborto no punible), priorizando "sus convicciones personales por sobre el derecho provincial, nacional e internacional".

La demanda fue formalizada por el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, junto a la Casa de la Mujer Puerto Madryn y la Fundación Madre Luna.

Ricardo Gerosa Lewis, integrante del Consejo de la Magistratura del Chubut, confirmó que aún no evaluaron la situación del magistrado y que recién "podría ser analizada en la próxima reunión del organismo, la que será el día 21 de mayo en Lago Puelo".

Al pedirse a Colabelli por la niña violada de 12 años, se negó señalando que "del modo como se plantea la solicitud, significa que implícitamente se pretende que se conceda autorización para la interrupción del embarazo, es decir, la realización de un aborto".

Sin embargo, remarcaron desde la fiscalía que el caso "encuadra en el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal; se trata de una de las circunstancias de aborto no punible previstas ante una violación".

En coincidencia, la parte denunciante sostuvo que "cuando concurren las circunstancias que habilitan a solicitar un aborto no punible, el Estado tiene el deber de poner a disposición de las mujeres las condiciones médicas y sanitarias necesarias para llevarlo a cabo de manera accesible y segura".

Además, debe tenerse en cuenta que "en este tipo de intervenciones médicas la demora puede ocasionar riesgos para la vida o salud de la mujer. Este último factor, y de acuerdo con el principio de efectividad de los derechos -la operatividad y eficacia del derecho en sí mismos-, constituye un elemento indispensable también a tener en cuenta".

El juez Colabelli había sido destituido en mayo de 2004 "por desconocimiento inexcusable del derecho y mal desempeño en su funciones", según la sentencia del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados, tras un jury por una denuncia de la comunidad mapuche-tehuelche "Vuelta del río", quien junto a la familia Fermín fue "víctima de crueles procedimientos policiales, hostigamientos, violaciones a los derechos humanos, y otras irregularidades ordenadas por el juez", según el abogado defensor Gustavo Macayo.

No obstante, disconforme con esta decisión, Colabelli recurrió en casación al Superior Tribunal de Justicia, quien confirmó la sentencia. Intentado el recurso federal para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, este camino también le fue denegado.

Finalmente debió presentar un recurso de hecho (o de queja) ante la corte nacional, quien decidió hacer lugar a su planteo y ordenó que la provincia dictara una nueva sentencia que contemplara los motivos y causas señaladas por el organismo superior.

Fue así que el Superior Tribunal de Justicia resolvió declarar la nulidad de todo lo actuado y en octubre de 2010 ordenó su restitución al cargo de juez.

RÍO NEGRO