28/4/15

Prensa Legislatura de Chubut

Prensa Legislatura de Chubut

Iniciativa de diputados Exequiel Villagra y Anselmo Montes

Balanzas Fijas para controlar cargas y traslado marítimo a Río Negro para resguardar la RN 3 por transporte en camiones de arenas silíceas destinadas a Vaca Muerta

Los legisladores provinciales Exequiel Villagra y Anselmo Montes (FPV) presentaron un proyecto de Declaraciòn por el cual se propugna que el Poder Ejecutivo “asegure la inmediata colocación de Balanzas Fijas en lugares estratégicos vinculados a la extracción de arenas silíceas que permitan el control de las cargas admisibles permitidas por la Ley de Trànsito Nº 24.449”, y que sería oportuno encaminar gestiones con los municipios de la zona ante entes nacionales competentes a fin de “poder transportar el material destinado al emprendimiento petrolero de Vaca Muerta por vìa marítima, desde el puerto de Madryn hasta el puerto de San Antonio Oeste (RN) y después trasladarlo vìa terrestre hasta Neuquén, por “el impacto que generaràn la importante cantidad de camiones que se incorporaràn sobre la Ruta Nacional 3”.

Proyecto de Declaraciòn

La iniciativa parlamentaría promovida por los legisladores Exequiel Villagra y Anselmo Montes es la siguiente:

VISTO:

La extracción de Arenas de seis (6) canteras del Valle Inferior del Río Chubut por parte de la Empresa YPF con destino al Emprendimiento de Vaca Muerta y;

CONSIDERANDO:

Que la ARENA SILÍCEA extraída será lavada y acondicionada en la cantera para su posterior transporte a la Provincia del Neuquén y otros destinos;

Que el emprendimiento mencionado constituye una oportunidad para la generación de empleo local y como tal no debe ser desaprovechado;

Que para esta explotación en particular el exceso de cargas provocaría un fuerte impacto ambiental negativo al sufrir las calzadas deformaciones permanentes;

Que la concreción de esta iniciativa pone en marcha un número importante de actividades que promueven el desarrollo y fortalecimiento de la economía regional;

Que es necesario planificar el incremento de transporte de cargas para mitigar el impacto ambiental negativo que podría producirse en las rutas por la deformación de las calzadas;

Que el incremento del tránsito pesado podría provocar dificultades y demoras en las rutas afectando de esta forma tanto a los habitantes de nuestra provincia como a quienes se dirigen hacia otras latitudes;

Que es de fundamental importancia desarrollar un sistema de transporte marítimo regional e internacional que emplee los puerto patagónicos, tal como lo ha manifestado en declaraciones públicas el Señor Gobernador de la Provincia Dr. Martin Buzzi;

Que la cercanía del puerto de la ciudad de Madryn con las canteras constituye una oportunidad para el traslado de las arenas por vía marítima hasta el Puerto de San Antonio Oeste, Provincia del Río Negro;

Que de esta forma, además de fortalecer la economía regional generando nuevos puestos de trabajo, se posibilita un tránsito terrestre más seguro y ágil;

POR ELLO;

LA HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT

DECLARA

Articulo 1.- Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo asegure la inmediata colocación de Balanzas Fijas en lugares estratégicos vinculados a la extracción de arenas silíceas que permitan el control de las cargas admisibles permitidas por la Ley de Tránsito 24.449.

Articulo 2.- Que sería oportuno que el Poder Ejecutivo junto a los Municipios de la zona, encaminen gestiones ante los Organismos Nacionales competentes, a los efectos de poder transportar el material destinado al Emprendimiento Petrolero de Vaca Muerta por Vía Marítima, desde el Puerto de la Ciudad de Madryn hasta el Puerto de San Antonio Oeste, para posteriormente trasladarlo por vía terrestre hasta la Provincia del Neuquén; teniendo en cuenta el impacto que generarán la importante cantidad de camiones que se incorporarán sobre la Ruta Nacional 3.

Artículo 3.- Enviar copia de la presente con sus Considerandos al Señor Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, al Honorable Senado de la Nación, al Presidente de la Empresa YPF y a la Honorable Legislatura de la Provincia de Río Negro.

Artículo 4,- DE FORMA.-