Revocaron procesamiento y prisión preventiva de un presunto homicida
LO HABIAN RESUELTO SEMANAS ATRAS
El juez de Instrucción Ricardo Calcagno había dictado el procesamiento y la prisión preventiva de Cuadrado, por el delito de homicidio, ocurrido en El Bolsón. Lo había hecho en una sola jornada de trabajo en la que recibió testimonios, indagó al acusado y resolvió en función de los pedidos de las partes.
El defensor Marcelo Álvarez Melinger, había apelado la prisión preventiva, señalando que su asistido fue acusado por la muerte de Noé Gabriel Ravicule, ocurrida el pasado 21 de marzo en la localidad de El Bolsón. Argumentó el defensor que el procesamiento no tenía fundamentación alguna.
En los términos de la Acordada 2 del STJ, Calcagno había desarrollado una única audiencia oral semanas atrás en El Bolsón, resolviendo de forma oral como lo indica la Acordada.
Al respecto el fiscal de Cámara Martín Lozada, señaló que “la acordada Nº 2/16 no exime del deber de motivar las resoluciones. Que si bien el a quo al dictar la prisión preventiva hace una pequeña referencia al fundamento de la prisión, al decir que hay medidas pendientes de prueba, ello no resulta suficiente para tener válida la misma”.
Por lo que el tribunal de la Cámara Segunda del Crimen apuntó que “La coincidencia entre las partes exime de mayores consideraciones.
La actuación impugnada no cumple mínimamente estas reglas.
La remisión a la prueba no cubre este deber legal. A
demás de ello, se observa que la prisión preventiva fue dictada de oficio, sin requerimiento del agente fiscal, sin contradictorio, como lo establece la referida acordada.
Corresponde la anulación con apartamiento del juez”.
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