23/5/16

Legislatura Chubut: Proyecto para regular actividad pesquera

Presentan Proyecto de Ley Propician crear

Comisión de Investigación Parlamentaria para análisis y seguimiento de políticapesquera, permisos de pesca y plantas pesqueras en Chubut

La legisladora Gabriela Marisa Dufour (Bloque PJ-FPV) con el acompañamiento de sus pares del citado Bloque mayoritario, Alfredo Di Filippo y Sergio Brùscoli, presentó un Proyecto de Ley por el cual se crea, en el ámbito de la Legislatura de la Provincia del Chubutla “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨, otorgados o habilitadas por la Provincia del Chubut, que tendrá por objeto investigar los actos jurídicos y administrativos, que dieron origen al otorgamiento de los permisos de pesca vigentes y las habilitaciones de Plantas Pesqueras. Entendiendo que dentro de la tarea de esta Comisión quedan comprendidos todos los permisos de pesca para todas las especies marítimas sin excepción, plantas localizadas en los parques industriales de jurisdicción provincial y plantas que requieran autorización o habilitación provincial en virtud de Leyes Provinciales vigentes”.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY

El presente Proyecto de Ley que se somete a consideración de los Sres. Diputados tiene por objeto “la observancia de la Política Pesquera de la Provincia del Chubut, priorizando el análisis y control del otorgamiento de los permisos pesqueros, las habilitaciones de Plantas Pesqueras, así como las acciones que se llevan adelante con el fin de lograr la sustentabilidad y protección de los recursos pesqueros”, se consignó.

“En las últimas semanas pudimos observar las erráticas políticas de apertura y cierre de las prospecciones del Golfo San Jorge, iniciadas con la Resolución 120 del 27 de abril, el cierre el 4 de mayo a través del dictado de la Resolución 142, motivada por los resultados de los monitoreos donde se evidencia proporciones elevadas de merluza asociadas a la captura del langostino y marcada presencia de individuos de tallas inferiores al objetivo. Hemos observado que sin fundamento técnico, ni jurídico, ni laboral, el viernes 13 de mayo a las 18 hs. comunica que a las pocas horas del día siguiente (sábado 14) reabría la pesca exploratoria, resultando llamativo que los únicos barcos que se encontraban en zona eran los de la empresa Conarpesa, y pocos días después mediante la Resolución 215, realiza un cierre precautorio de las áreas abiertas el viernes anterior”, expresan en la iniciativa.

“Asimismo, la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPECA) y la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) realizaron una queja formal al Subsecretario de Pesca de la Nación y al Director Nacional de Coordinación Pesquera para plantearle la gravedad del tema, solicitando su intervención atento que este tipo de acciones ponen en riesgo los recursos del mar. Resulta claro que con acciones de estas características y tratándose de recursos transjurisidiccionales, podrían ponerse en riesgo la futura temporada de captura de la Flota Artesanal y la embarcaciones de menos de 21 mts, con graves consecuencias para el empleo no sólo en la pesca sino también en el procesamiento”, se precisó al respecto.

“Por otro lado y en forma concomitante a estas situaciones, el Secretario de Pesca de la Provincia del Chubut, no publica en el Boletín Oficial las Resoluciones de su área, incumpliendo su obligación de difundir los actos jurídicos y administrativos y la debida publicidad de los actos de gobierno como condición de legalidad, sino que asimismo y a pesar de los reclamos, no ha dado satisfactoria respuesta a los Pedido de Informes solicitados por esta Honorable Legislatura.Por estos aspectos, entre otros varios, se considera necesario elevar a consideración de esta HL, la creación de una “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨ otorgados o habilitadas por la Provincia del Chubut, que tendrá por objeto investigar los actos jurídicos y administrativos, que dieron origen al otorgamiento de los permisos de pesca vigentes y la habilitación de plantas pesqueras, tal como se establece en la parte dispositiva del presente Proyecto, a fin de corroborar que los mismos se hayan realizado en un marco de sustentabilidad y protección de los recursos y cumpliendo las normas de la actividad”, aseveran los parlamentarios.

“El presente Proyecto se funda en las facultades establecidas en el Artículo 134. 5. de nuestra Constitución Provincial, que posibilita nombrar Comisiones de Investigación, con el fin de examinar la gestión de los funcionarios públicos”, concluyó la fundamentación expuesta.

ALCANCES DE LA COMISION DE INVESTIGACION PESQUERA

El articulado de este Proyecto de Ley presenta estos alcances normativos:

Artículo 1°:Créase, en el ámbito de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨, otorgados o habilitadas por la Provincia del Chubut, que tendrá por objeto investigar los actos jurídicos y administrativos, que dieron origen al otorgamiento de los permisos de pesca vigentes y las habilitaciones de Plantas Pesqueras. Entendiendo que dentro de la tarea de esta Comisión quedan comprendidos todos los permisos de pesca para todas las especies marítimas sin excepción, plantas localizadas en los parques industriales de jurisdicción provincial y plantas que requieran autorización o habilitación provincial en virtud de Leyes Provinciales vigentes.

Artículo 2°: La “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨, estará conformada por los miembros de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente, respetando las autoridades de la misma.

Artículo 3°: El quórum para sesionar será el establecido para el caso de las Comisiones Extraordinarios del artículo 65º del Reglamento Orgánico de esta Legislatura Provincial. La Comisión, obtenido el Quórum, tomará las decisiones por mayoría simple de sus miembros.

Artículo 4°: La “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨ tendrá sede en la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, pero podrá actuar y constituirse en cualquier lugar de la República Argentina.

Artículo 5°: La “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨ tendrá las siguientes facultades y atribuciones:

1.- Solicitar informes orales u escritos, o el envío de documentación, sobre los hechos que serán objeto de investigación a los demás Poderes del Estado, incluidos entes autónomos o autárquicos. Asimismo a toda persona física o jurídica. La Comisión establecerá los requisitos y los plazos para la contestación de los informes.

2.- Requerir y recibir, declaraciones testimoniales. Realizar inspecciones oculares, debiendo dejar siempre registro escrito de sus actuaciones.

3.- Solicitar pericias técnicas y científicas. Solicitar la colaboración y asesoramiento a profesionales, instituciones científicas y tecnológicas o de organismos especializados en la materia.

Artículo 6°:La “Comisión de Investigación para el análisis y seguimiento de la política pesquera de Chubut, permisos de pesca y plantas pesqueras¨ elevará a esta HL un informe con sus conclusiones finales dentro de los ciento veinte (120) díascontados a partir de su constitución, encontrándose facultada a emitir y elevar informes parciales si lo considerara necesario. Las conclusiones finales determinarán claramente si existen incumplimientos e irregularidades, en qué consisten e indicando en este caso quienes resultan presuntamente responsables a los efectos de realizar las presentaciones ante los organismos pertinentes. La Comisión quedará facultada para prorrogar el plazo establecido. Una vez que el informe con las conclusiones finales tome estado parlamentario, la Comisión dará a publicidad en la página web de esta Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y lo facilitará a todos los medios de comunicación social que así lo soliciten.

Artículo 7°: Facúltase al Presidente de la Comisión a afectar al personal de esta Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut que considere necesario para el funcionamiento de la Comisión, y a requerir las liquidaciones de viáticos y gastos correspondientes para atender desplazamientos y acciones efectuadas por sus integrantes.

Artículo 8°: Los gastos emergentes de la aplicación de la presente Ley serán financiados con fondos provenientes del Presupuesto de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut. A tal efecto autorizase al Presidente a efectuar las compensaciones que resulten necesarias.

Artículo 9°: De forma.-