6/10/16

El Bolsón: Seguirá detenido un hombre que violó restricción de acercamiento y golpeó a su ex

Seguirá detenido un hombre que violó restricción de acercamiento y golpeó a su ex

El juez de Instrucción Ricardo Calcagno denegó solicitud de excarcelación peticionada por la defensa de un hombre imputado por lesiones leves calificadas por el vínculo y desobediencia judicial.

El sujeto imputado fue indagado como presunto autor de un hecho ocurrido el 21 de septiembre pasado en la madrugada, en un domicilio de la localidad de El Bolsón, lugar donde se encontraba la denunciante, ex pareja del hombre. En la ocasión, se hizo presente el imputado, quien ingresó alterado y sin autorización a la habitación, agrediendo a la mujer mediante golpes de puño en el rostro además de apretarle el cuello para que no gritara ni pidiera ayuda. Atento la intervención de un familiar el individuo fue detenido por personal policial.

En este marco la defensora oficial solicitó la excarcelación con fundamento que la regla en todo trámite procesal es transcurrirlo en libertad. Refirió que la privación tiene que ser excepcional fundándose en datos objetivos que acrediten riesgo y cautela, señalando que en esta causa estos riesgos no se acreditan. Respecto del entorpecimiento de la investigación propone la defensa una pauta de conducta para que su pupilo no se pueda acercar a la víctima, y el compromiso a no tener otra situación violenta.

Por su parte la agente fiscal dictaminó que por la gravedad del hecho, el peligro en relación a la víctima y las previsiones de la Convención sobre protección de los derechos de la mujer, debía rechazarse el planteo y solicitó intervención de la Oficina de Atención a la Víctima.

En la resolución el juez Calcagno apuntó que “teniendo en cuenta la conducta violenta del imputado para con la víctima, su libertad puede alterar el ánimo de ésta antes de ratificar o rectificar su testimonio. Señaló además que existe prohibición de acercamiento dictado en trámite por violencia doméstica por parte del Juzgado de Paz de El Bolsón.

Aun así, el imputado buscó a su ex pareja para agredirla por no estar de acuerdo en la decisión que tomara de no regresar a su lado, lo que resulta demostrativo que cualquier disposición que se adopte desde esta judicatura, en cuanto a restricción de acercamiento u otra medida cautelar, el imputado la incumplirá a fin de intentar hacer su voluntad a la fuerza o mediante violencia, como en el presente caso.

En cuanto al hecho aquí investigado se puede decir que la violencia que hoy nos ocupa fue fundamento del proyecto de ley ingresado en la Legislatura de la Provincia de Río Negro para la creación de la Unidad Fiscal con temática especializada en violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos contra la integridad sexual, cuyos fundamentos indican que ‘para consolidar la igualdad real entre mujeres y hombres es necesario reconocer que la violencia contra las mujeres constituye una práctica social cuyo sustento fundamental es la discriminación y la construcción de relaciones de subordinación’”.

“El término género se usa para describir aquellas características de mujeres y hombres que son socialmente construidas, en contraste con aquellas que son biológicamente determinadas y engloban los atributos que construyen la identidad de género y determinan los roles de género.

El género no se refiere a las mujeres o a los hombres, sino a las relaciones de poder entre hombres y mujeres y a la construcción social de la feminidad y masculinidad. El análisis de género identifica, analiza y ayuda a actuar sobre las desigualdades que surgen debido a los diferentes roles de las mujeres y los hombres y a cómo estas desigualdades ponen en desventaja a las mujeres”, destacó el juez Calcagno en su resolución.

EL CORDILLERANO