29/1/11

El Superior Tribunal analizará anticipo de Ingresos Brutos

Acción lo tildó de inconstitucional

El STJ analizará anticipo de Ingresos Brutos

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia provincial habilitó la feria para tratar la acción de inconstitucionalidad presentada contra la resolución 1980 de la Dirección General de Rentas de Río Negro, que impuso un fuerte anticipo al impuesto a los Ingresos brutos para los comercios gastronómicos y hoteleros de esta ciudad.

La acción de inconstitucionalidad la promovió la Aehgb (Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Bariloche) contra la resolución que la DGR de la provincia emitió en diciembre pasado y que impone a los contribuyentes del sector un fuerte anticipo correspondiente al impuesto a los Ingresos Brutos.

La resolución Nº 1.980 de la Subsecretaría de Ingresos Públicos obligó al pago anticipado del impuesto a los contribuyentes de esas categorías de Bariloche, Las Grutas y El Bolsón, en temporada alta, y prevé que a los remisos se los castigue con multas de entre 3.000 y 5.000 pesos y con clausuras preventivas.

La Aehgb había solicitado la aplicación de una medida cautelar que suspendiera el pago, pero el juez Luis Lutz, a cargo de la presidencia del STJ, dispuso no hacer lugar al planteo. Sin embargo, dispuso habilitar la feria judicial "en atención a la naturaleza y las circunstancias de la cuestión planteada", porque consideró fundada la petición de la parte, y para evitar demoras que pudieran causar perjuicios.

El alto magistrado también dispuso que se corra traslado al Poder Ejecutivo provincial, a la Fiscalía de Estado, y al Ministerio de Hacienda Obras y Servicios Públicos de la provincia por el plazo de 30 días, y los emplazó para que contesten y ofrezcan la prueba de la que intenten valerse.

Al negar la medida cautelar solicitada, Lutz recordó la presunción de legalidad que cuentan los actos de los poderes del Estado, y la doctrina restrictiva del STJ en materia de medidas de no innovar, peticionadas por acciones de inconstitucionalidad.

Una acción similar contra la resolución 1980 fue presentada por la empresa Alliance SRL, Administración de Hoteles del Sur SRL, y algunos particulares que rechazan por inconstitucional el anticipo impuesto por la DGR.

En un comunicado que difundieron desde la Aehgb, los empresarios del sector señalaron que la decisión de Rentas de imponer un fuerte anticipo del pago de los Ingresos Brutos a los hoteleros, dueños de locales de gastronomía y de discotecas genera en la mayoría de las empresas un pago mayor al que correspondiere ingresar por este concepto.

También calificaron a la imposición de "inconstitucional y discriminatoria, toda vez que está orientada solamente al sector hotelero gastronómico, con el agravante que además esta nueva imposición está dirigida sólo a Bariloche, El Bolsón y Las Grutas".

Los dirigentes aclararon que no respaldarán a los que evadan o no cumplan con sus obligaciones tributarias, pero criticaron que las medidas "dirigidas sólo a una parte del sector económico productivo, genera reglas de juego dispares y no se ajustan a la equidad que debe preservar el Estado para con todos los componentes de la economía regional".