14/12/09

El Bolsón: Superior Tribunal de Justicia rechazó la pretendida acción de inconstitucionalidad de la Carta Orgánica

Otra vez, desestiman acción judicial en El Bolsón por la carta orgánica

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Abogado Mauricio Yearson

Viedma (ADN).- La Justicia rionegrina denegó la pretensión de seis ex convencionales y representantes de partidos políticos de El Bolsón para que la Corte Suprema de la Nación declare arbitraria la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que rechazó la supuesta inconstitucionalidad y nulidad de la carta orgánica local.

Con el patrocinio del abogado viedmense Mauricio Yearson, Raúl García, Nelson Daniel Cortés, Irma Inés Morán, Raúl Prytula, Raquel Rodríguez y María Teresa Hube, presentaron un recurso extraordinario federal contra la sentencia Nº69 del Superior Tribunal de Justicia, que rechazó la  pretendida acción de inconstitucionalidad.

Los accionantes alegaron nulidades de forma y fondo relacionadas con el tratamiento de la reforma de la carta orgánica, pero el Superior Tribunal de Justicia rechazó la acción al considerar que ellos sustentan su interés en el incumplimiento de formalidades en el procedimiento electoral, cuyo planteo corresponde a un ámbito específico previsto normativamente ante la Justicia electoral, en la siguiente secuencia: Junta Electoral Municipal, Tribunal Electoral Provincial y, por último, el STJ.

Se destacó que en la causa no se acreditaba un interés concreto y la afectación en su derecho, sino que “tan solo se cuestionaban formalidades propias del proceso electoral, que posee su propio ámbito de discusión; agregándose que no existían elementos para considerar a los representantes “parte interesada” para promover la acción.

En lo referido al control judicial de constitucionalidad de una reforma constitucional, se sostuvo que en este caso no se cuestiona ni el acto que declaró la necesidad de la reforma de la carta orgánica de El Bolsón, ni las normas de ese texto, sino que impugnaron la calidad de algunos de los convencionales, aludiendo a la supuesta existencia de vicios que harían inconstitucional o nula la nueva carta orgánica.

Al analizar el recurso extraordinario federal interpuesto, el juez Víctor Sodero Nievas sustentó que los recurrentes incumplen con algunas de las reglas para la interposición  de esa acción y “no logran demostrar que el pronunciamiento le ocasione un gravamen actual y no derivado de su propia actuación”, entre otras cuestiones.

El juez reiteró que no se cuestionó el acto que declaró la necesidad de la reforma de la carta orgánica de El Bolsón, ni las normas de ese texto, sino que “se limitaron a impugnar la calidad de algunos de los convencionales y en virtud de ello pretendían la existencia de vicios que harían inconstitucional o nula la nueva carta orgánica”. (ADN)