16/3/12

Solicitud de publicación: Lote 41 – Lago Puelo

En fallo del 15/03/2012 de la secretaria 2 del Juzgado de Esquel, expediente Liliana Mijhelj y otros contra El Municipio de Lago Puelo

con relación al Lote 41 de Cerro Radal, la justicia dio sentencia y en uno de sus párrafos dijo:

Corresponde hacer lugar a la medida cautelar de no innovar peticionada, y en consecuencia, bajo la caución juratoria de las actoras, se dispone que la Municipalidad de Lago Puelo, durante la vigencia de la presente medida, deberá abstenerse de ejecutar la Ordenanza Municipal Nº 67/2011 MLP, y asimismo deberá abstenerse de ofrecer en venta y adjudicar en todo o en parte el inmueble fiscal designado como lote 41 del paraje Cerro Radal.- Conforme lo dispuesto, previa caución juratoria que deberán prestar las actoras por ante la actuaria, líbrese el oficio de estilo.

El amparo fue presentado con el asesoramiento letrado de la abogada Cristina Perrota y como querellantes la concejal del FPV de Lago Puelo, Lic. Liliana Mijhelj y por el grupo "Asamblea Contra el Saqueo" la Sra. Nora Corbalán.

Agradecemos a todas las agrupaciones del país que luchan por justicia, centros de estudiantes, universidades, centros de estudios, vecinos de Lago Puelo y vecinos de toda la Comarca Andina del Paralelo 42 por el apoyo brindado durante todo este tiempo y agradecemos en especial a Cristina Perrota quien desde el primer momento que le planteamos el tema no dudo en ponerse a trabajar para revertir la ordenanza Nº 67/2011 impulsada desde el ejecutivo y aprobada en el Consejo Deliberante de poner a la venta el Lote 41 de Cerro Radal.

Daniel Barigozzi

FPV - Militante