11/5/16

Legislatura de Chubut: Votan iniciativa sobre prevención de violencia familiar

Votan iniciativa de la diputada Navarro sobre prevención de violencia familiar

Legisladores instan al fortalecimiento de “La Casa de la Mujer” en Chubut

La Cámara de Diputados del Chubut sancionó un Proyecto de Declaración de la legisladora comodorense Viviana Navarro (Bloque PJ-FPV) viendo con agrado que “el Poder Ejecutivo desarrolle una Política Pública de Asistencia a las víctimas de Violencia Familiar en los términos consagrados por la Constitución del Chubut y la Ley XV N° 12, articulando con Municipios y ONG´s el fortalecimiento de los espacios de “La Casa de la Mujer” en aquellas localidades donde estén implementados e impulsando la instalación en aquellas Localidades del Interior de la Provincia que no cuenten con dicho servicio”.

Asimismo, se vería con agrado que “el Poder Ejecutivo provea a los Municipios y ONG´s especializados en la temática de los recursos materiales y financieros a fin de hacer efectivo y sostenible en el tiempo la prestación de los servicios de asistencia integral a las víctimas de “La Casa de la Mujer” establecidos o a establecerse”.

Se dispone la pertinente comunicación al Ejecutivo Provincial de esta Declaración parlamentaria.

Fundamentos

En la fundamentación del proyecto de Declaración, la diputada Navarro adujo lo siguiente: “La Constitución de la Provincia del Chubut en su Preámbulo establece el mandato de “…garantizar a todos los habitantes el pleno goce de sus derechos,..., y un desarrollo humano igualitario;…” y “Reconoce, en el Art. 18° Inc.1), el derecho “A la vida desde su concepción y a la dignidad e integridad psicofísica y moral, las que son inviolables” estableciendo el mandato constitucional en el mismo artículo e inciso de que “Su respeto y protección es deber de los Poderes Públicos y la Comunidad”.

“Por su parte en el Art. 25° la Constitución del Chubut establece que “Se dictan normas para prevenir las distintas formas de violencia Familiar”. El Art. 35°, de la Ley Fundamental establece el derecho a que “Toda persona víctima de un delito tiene derecho a ser asistida en forma integral y especializada con el objeto de propender a su recuperación psíquica, física y social”, aludió.

“A tal efecto la Ley XV N° 12 de “Protección contra la Violencia Familiar” en el Art. 1°.” Las políticas públicas que están destinadas a prevenir la violencia familiar se realizarán mediante un conjunto articulado de acciones del Estado Provincial por intermedio de sus Poderes, los municipios y la sociedad civil”. En el mismo artículo, se expresan las directrices que guiarán la programación de estas políticas públicas, y que la primera de ellas es “La integración operacional del Poder Judicial, del Ministerio Público y de la Defensoría Pública con las áreas de seguridad pública, asistencia social, salud, educación, trabajo y vivienda”.

La misma Ley consagra, asimismo, que “Toda persona tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”, aseveró la legisladora chubutense.

“Por su parte el Art. 9°, de la misma, habilita al Juez/a de oficio o a pedido del damnificado, a inc. e) Ingresar a la persona damnificada en casa-refugio o en hogares alternativos u hoteles con condiciones de accesibilidad cuando ello fuere necesario, con cargo a las partidas presupuestarias que a tal fin deberá disponer el Poder Ejecutivo;.. inc.h) Establecer que los involucrados en la problemática reciban acompañamiento y asistencia médica-psicológica;…inc. i) Disponer la inserción del grupo familiar afectado y/o del victimario en programas especializados e integrales”, especificó.

“Finalmente por el Art. 19° establece el mandato al Poder Ejecutivo Provincial de que “garantizará las siguientes acciones articulando las mismas con los demás Organismos del Estado”:1)     Informar a la población por medio de campañas de difusión, conferencias, cursos y otros, sobre violencia familiar y de género, sus causas y consecuencias. También informar sobre las instituciones existentes en cada comunidad que brindan servicios de atención a esta problemática. 2)     Sistematizar los datos estadísticos a los fines de realizar un análisis de la problemática por barrios, ciudades y regiones de la Provincia. 3) Garantizar a través de los

equipos interdisciplinarios e interinstitucionales el tratamiento médico y terapéutico indicado en cada caso. 4)  Descentralizar administrativa y financieramente la aplicación de las políticas de prevención, atención y tratamiento de la violencia familiar en los Municipios y organizaciones de la Sociedad Civil, a fin de garantizar mayor autonomía, agilidad y eficiencia en el abordaje de la problemática”, consideró al respecto.

“La Casa de la Mujer”

“Observamos en nuestra Provincia en diferentes Localidades, entre ellas, Comodoro Rivadavia, Trelew y Puerto Madryn, desde hace casi 20 años se han establecido como “La Casa de la Mujer” y con el objeto de prestar el servicio de Protección contra la Violencia Familiar por parte de Municipios u ONG´s. Es oportuno mencionar en este punto que las personas que se acercan a “La Casa de la Mujer” lo hacen por iniciativa propia o, bien, derivadas desde otras áreas, como Defensoría, la Policía de la Mujer, centros de promoción barrial, centros de Salud y asociaciones vecinales”, expuso.

“Estos espacios se han constituido como lugares de refugio, contención, asistencia y acompañamiento a las mujeres y sus hijos víctimas de situaciones de violencia y expuestas a situaciones de amenaza. Además se trabaja en tareas de prevención en escuelas de todos los niveles de enseñanza y en los centros de promoción barrial, con talleres de libre y gratuita participación. Brinda el servicio de atención a mujeres víctimas de violencia doméstica, donde se interviene primeramente con entrevistas individuales, se brinda asesoramiento legal, acompañamiento social, se contiene a las mujeres que recurren a realizar consultas y se planifica en conjunto un nuevo proyecto de vida sin violencia”, aludió significativamente.-