15/11/16

La familia de una joven comodorense que se ahogó en Lago Puelo sería indemnizada

La familia de una joven comodorense que se ahogó en Lago Puelo sería indemnizada

Por la muerte de una adolescente de 16 años, se deberán hacer cargo con una suma millonaria los propietarios del camping donde ocurrió el fatal accidente y el Municipio de El Hoyo por la ausencia de cartelería advirtiendo los peligros de la zona. La indemnización fue dispuesta por la Justicia Federal.

La familia de una joven comodorense que se ahogó en Lago Puelo sería indemnizada

Fueron condenados la Municipalidad de El Hoyo, la Administración Nacional de Parques Nacionales, y las responsables del camping "El Desemboque", ocho años después la muerte de la joven.

La tarde del 30 de enero de 2008, JV y sus hermanas decidieron bañarse en el Lago Puelo, a la altura de la desembocadura del Río Epuyén. Estaban acompañadas de sus padres quienes pasaron un día en familia en el camping "El Desemboque" desde donde podían acceder a la ribera del lago.

En la zona se supo más tarde y a lo largo de la investigación que no había ningún cartel que advirtiera de la profundidad y los peligros de esa zona del Parque Nacional. No había guardavidas ni avisos ni cercos, pero se pagaba el ingreso por persona de 6 pesos.

A la adolescente la arrastró una corriente y se ahogó, hallaron su cuerpo a 24 metros de profundidad, sus hermanas se salvaron de milagro, gracias a la ayuda de otros turistas.

Ahora la Justicia Federal ordenó que se indemnice a sus padres con más de 5 millones de pesos por daño moral y perjuicios. Fueron condenados además la Municipalidad de El Hoyo, la Administración Nacional de Parques Nacionales, y las responsables del camping: María Luisa Paladino, y Marcela y María Solari.

Las mujeres eran dueñas de las tierras del camping. Tenían un convenio con el municipio de El Hoyo, que les dio prioridad para la explotación turística de esa zona. El camping estaba dentro del establecimiento rural "ElTrébol", del que también eran copropietarias Solari-Paladino.

Cabe señalar, que esta determinación judicial que fue ratificada en medios valletanos no fue aún notificada de manera formal a la familia.

EL FALLO

Según detalla Jornada la Cámara Federal de Apelaciones consideró para el fallo que las dueñas del lugar debían garantizar la seguridad de los turistas que pagaban por consumir sus servicios. "La familia Vargas ingresó al predio de las demandadas para usar el camping. Abonaron una entrada, que por mínima que fuera permitía el ingreso dado que el predio no era público sino reservado a la exclusiva explotación de las accionadas". El mismo municipio autorizaba cobrar un ticket, que no era el único beneficio económico: al ingreso del camping funcionaba una proveeduría.

"El Trébol" era el único acceso y el más usado por todos los visitantes. "Esto debió haber sido considerado por quienes se habían reservado la explotación turística del predio", reza el fallo. Además las playas y el lago eran el principal atractivo, "sin dudas la razón por la que era elegido por los visitantes y de la que derivaba una enorme incidencia comercial y un provecho económico". El principal objetivo del convenio con el municipio fue asegurarse el beneficio de la explotación turística de una ubicación privilegiada y acceso directo a las playas.

Había baños, limpieza, vigilancia, estacionamiento y lugar para dormir. Pero no cerco perimetral, carteles con prohibición de baño, ni advertencia verbal o escrita sobre el peligro de la corriente del río o los desniveles de su lecho. El riesgo era previsible en este caso se apunta a las dueñas del camping, pobladoras con extenso arraigo en la zona, que según advierte la Justicia no podían desconocer que en verano era usual que la gente fuera al camping para bañarse, porque ese era su atractivo. Y frente a ello no tomaron las mínimas precauciones.

En cuanto a la Administración Nacional, es dueña del Lago Puelo ubicado en el Parque Nacional, consideró la Justicia que "se debería haber desplegado de manera eficiente la obligación de seguridad para evitar el hecho". Se remarca la idea de que el Estado nacional "debió conocer los peligros que el lago entrañaba" al no estar habilitado como balneario y sin guardavidas, "que sin dudas eran imprescindibles para alertar sobre el riesgo existente pero oculto a simple vista".

La indeminización, llegará a la familia de la joven ocho años después de la tragedia, en tanto la colocación de señalización y cartelería en la zona fue inmediata , además de la disposición de usar chaleco salvavidas.