21/12/10

El Bolsón: No irá a prisión asesino de su tío

Condenan a un hombre a 3 años de prisión condicional por matar a su tío

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche condenaron a Ricardo Huenelaf, de 36 años, por el crimen de Marcos Saturnino Huenelaf. El hecho ocurrió el 20 de junio pasado, en el barrio Esperanza de El Bolsón, durante un encuentro familiar, donde abundó la ingesta de alcohol.

A la hora de aplicar la pena, los magistrados tuvieron en cuenta la falta de antecedentes del imputado y valoraron los “signos de auténtico arrepentimiento” que mostró en el juicio.

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche, César Lanfranchi, Héctor Leguizamón Pondal y Miguel Ángel Lara, resolvieron en forma unánime condenar a Ricardo Argentino Huenelaf a la pena de 3 años de prisión condicional, porque lo encontraron responsable del homicidio de su tío, y le impusieron pautas de conducta.

Los magistrados valoraron al momento de establecer la pena “el escaso nivel social, económico y cultural del autor, su juventud y ausencia de antecedentes”. También, la actitud inmediata al hecho de someterse a la autoridad policial “y los signos de auténtico arrepentimiento evidenciados en la audiencia de debate”.

Lanfranchi sostuvo en su voto, al que adhirieron sus pares, que “el Tribunal está obligado a fundar en la naturaleza del delito, y en las circunstancias que lo rodearon”, que permitan apreciar la personalidad, “en la medida que sean índices demostrativos de la capacidad para asumir frente al derecho el compromiso de no reincidir”, y citó al juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni, en su Tratado de Derecho Penal, sobre “La determinación de la pena”.

“Atendemos entonces especialmente a: la naturaleza del hecho según las circunstancias que lo rodearon; la personalidad de aquel que ningún indicio presenta de ser básica o sistemáticamente irascible o pendenciero, y que según la entrevista piscodiagnóstica del Psicólogo Forense resulta bien adaptado socialmente y productivo; la ya referida conducta inmediatamente posterior al delito; y la cumplida intramuros -sin observaciones en el medio año que lleva detenido”, sostuvo Lanfrachi. En consecuencia, el imputado fue puesto en libertad.

Encuentro

El hecho por el que juzgaron y condenaron a Huenelaf, de 36 años, ocurrió la tarde del 20 de junio pasado, en el Barrio Esperanza de El Bolsón, durante una reunión familiar.

En esas circunstancias, el acusado atacó con un cuchillo a Marcos Saturnino Huenelaf, su tío, de 24 años, aplicándole un puntazo en el pecho que le ocasionó una herida en el ventrículo cardíaco derecho y un shock hipovolémico que le produjo la muerte.

El imputado dijo en su declaración indagatoria que antes del mediodía del 20 de junio ya había tomado 5 ó 6 botellas de un litro de cerveza, desde la mañana cuando había llegado a su vivienda después de una "joda".
Así llegó a la casa de su tío Martín, en la que compartieron un asado con otros familiares, durante el cual siguieron bebiendo también cerveza.

Dijo que en un momento Martín y Marcos le salieron pidiendo una plata, para pagar una cruz que le habían hecho para la tumba de su mamá, hermana de Martín y Marcos.

Les respondió que lo haría pero que no contaba con el dinero. Dijo que se quería retirar y cuando lo estaba haciendo, empezaron a tirarle piedras, y Martín le pegó una piña. El otro se le fue encima con un cuchillo, con el que no lo hirió porque alcanzó a agarrarle la mano. Forcejearon los tres y cayeron al piso. Negó haber portado cuchillo. Luego recordó que estaba en Comisaría 12 de El Bolsón.

18 años

El abogado querellante Ricardo Gonzaga concluyó que el vínculo familiar es agravante y había pedido que le impongan 18 años de prisión.

El Fiscal de Cámara Enrique Sánchez Gavier alegó que la defunción se encuentra certificada, la causa con la autopsia, y la policía supo de la autoría desde que llegó al lugar. Dijo que cuando el personal policial lo halló al imputado en un templo evangélico, sus jeans tenían manchas de sangre, y en todo momento estuvo consciente.

Advirtió que el imputado sostuvo que actuó en defensa pero no explica cómo quedó herido el otro. Calificó el hecho de homicidio y tuvo en cuenta como atenuante el grado de alcoholización y como agravante el parentesco y la única crianza. Y por eso, solicitó al Tribunal que le impongan 9 años de prisión.

El defensor general Gustavo Butrón sostuvo que corresponde atender a la gran ingesta de alcohol de todos los que compartieron la reunión. Dijo que en ese marco hay que analizar los testimonios. Dijo que el cuchillo secuestrado es el que utilizó Marcos para atacar al acusado y planteó que se dan distintas posibilidades como que Marcos cayó sobre el cuchillo o lo acuchilló Martín. Por eso, consideró que correspondía absolver por la duda.

Familia

La codefensora Mónica Rosati, agregó que aseguró que “no está probado que haya sido él el que mató”. Dijo que el acusado se enteró recién en la Comisaría que hubo un muerto. Por eso, insistió que correspondía absolver por el beneficio de la duda.

Advirtió que los jueces debían considerar que el imputado tenía una familia con dos niños, que no tiene ningún antecedente y de pronto han quedado aquellos y su mujer sin quien los mantenía.

Lanfranchi destacó que “quedó probado que el ejecutor de la herida es Ricardo Argentino Huenelaf quien empuñó en la ocasión un cuchillo”. Y observó que “no obstante haber bebido cerveza en demasía, los parientes, de la víctima y del imputado, coincidieron distinguiendo circunstancias de tiempo, lugar y modo, de tal suerte que permiten creer, sin que se infiera mendacidad alguna, sobre el acierto de la indicación de autoría”.

“Ante este cuadro probatorio concluyente la circunstancia que el imputado, en audiencia de debate a más de cinco meses del suceso, haya afirmado que no portaba cuchillo, queda develada como un intento infructuoso de mejor posicionamiento en el proceso”, afirmó el juez.

Dijo que “quedó acreditado con certeza que cuando se produjo el lance fatal, el autor y sus acompañantes se encontraban sumamente alcoholizados, habiendo compartido la jornada, pacífica y afectuosamente en familia. Y que instantes antes aquel había comenzado a retirarse”.

Probado

“Quedó también probado -aunque tan sólo en grado de sospecha, por efecto de la duda insuperable- que entonces el imputado fue abordado por su tío Martín, en sector obscuro, quien le informó haber construido una cruz para la tumba de su madre reclamándole aporte al gasto, lo que lo ofuscó, y se produjo una discusión”, indicó Lanfranchi.

“En aquellas circunstancias, cuando ya se había excusado de pagar por no tener allí dinero y prometido hacerlo en el futuro, encontrándose ya fuera del predio, en función de la sorpresiva discusión, y la aproximación de su tío Marcos que se habría sumado a la justificación de Martín, el imputado habría ingresado en súbita conmoción del ánimo, sobredimensionando la significación del reclamo, recibiéndolo a éste con un puntazo, que hizo con el cuchillo que llevaba a la cintura”, advirtió el magistrado, en la sentencia que ayer difundió la oficina de prensa local del Poder Judicial.

El Ciudadano