9/11/11

Juez Lozada autoriza rito funerario previo a necropsia

Un juez autoriza un rito funerario mapuche antes de la autopsia

El juez de Instrucción Penal de Bariloche Martín Lozada autorizó a una comunidad mapuche a celebrar un rito funerario ancestral con el cuerpo de un hombre fallecido en un accidente de tránsito, antes de practicarle la autopsia forense de rigor.

Se trata de Alfredo Picnchuleo, un trabajador municipal de Bariloche y querido referente indígena, quien falleció ayer al volcar con una camioneta en la ruta nacional 23, en proximidades de la localidad de Comallo.

Lozada informó hoy que integrantes de la Comunidad Ruca Mapuche le solicitaron que antes de la autopsia le permitan a la familia y del grupo efectuar el rito funerario mapuche "antes de la salida del sol".

El juez autorizó y esta madrugada, antes de la autopsia ordenada en las actuaciones penales en curso, el cuerpo de Pinchuleo fue trasladado "a un sitio ubicado en esta ciudad, contextualizado por su carácter natural y al aire libre", a orillas del lago Nahuel Huapi.

Allí se hizo "el rito funerario de despedida de su pariente y comunero, justo en el momento en que asomó el sol por el horizonte".

Lozada explicó que los ritos funerarios "tienen un significado claramente religioso y espiritual, ya que son, en primer lugar, una respuesta elaborada a la constatación del hecho de la muerte. Una suerte de reflexión trascendente acerca de aquella y, a la vez, una exaltación de la memoria de los muertos".

"Tales prácticas se encuentran estrechamente relacionadas con las creencias religiosas sobre la naturaleza de la muerte y traen aparejadas importantes funciones psicológicas, sociológicas y simbólicas para los miembros de una colectividad", agregó.

Indicó que además de la "preparación y despedida del cadáver", la ceremonia aporta a "la satisfacción de los familiares y la permanencia del espíritu del fallecido entre ellos".

El juez citó el artículo 5 del Convenio 169 de la OIT sobre los Pueblos Indígenas, referido al debido respeto por estos valores y prácticas religiosas y espirituales, y afirmó que "los Estados deben proteger la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa o linguística, de las minorías dentro de sus territorios respectivos".

"No se trata de un mero deber `pasivo` de los Estados tolerar la presencia de las minorías. Por el contrario, es una obligación activa tendiente a proteger el mantenimiento de su identidad colectiva", sostuvo Lozada.

TELAM