2/5/11

El Bolsón: 20 mil pesos en allanamientos en Video Clubs

El Bolsón: Sería de $20.000 el valor de la mercadería secuestrada en un video club

Luego de los dos allanamientos realizados la semana pasada por personal de Gendarmería Nacional en dos videos club de El Bolsón se dio a conocer un parte de prensa en el cual se detalla que el material secuestrado llegaría a los veinte mil pesos en películas “truchas”.


El trabajo de los uniformados respondía a órdenes directas del Juez Federal con asiento en la vecina ciudad barilochense y no se trata de la primera vez que se secuestra este tipo de material apócrifo en un video club de El Bolsón.

Según destaca el informe de Gendarmería con fecha 27 de abril del corriente año siendo aproximadamente las 19:30 horas, personal de Gendarmería Nacional pertenecientes al Escuadrón 35 El Bolsón, proceden a materializar orden de allanamiento, por orientación del Juzgado Federal de la ciudad de San Carlos de Bariloche (RN), en local comercial de esta localidad. En tal circunstancia se constató fehacientemente, una gran cantidad de copias de películas y juegos de playstation.

Dicho allanamiento realizado en video club, de esta localidad, fue iniciado por denuncia anónima al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, por tal motivo magistrado interviniente, dio las pautas pertinentes para realizar las tareas investigativas de rigor, en un lapso de tiempo perentorio.

Las tareas investigativas realizadas por el Escuadrón dieron  como resultado el secuestro de casi mil (1.000) copias fraudulentas de películas y juegos, ofertados al público como ejemplares originales; en infracción  dela Ley Nacional  22.362  que establece el registro de  Marcas y Designaciones, así como la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

Según establece la ley de Registro de Marcas se pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual; los dibujos; los emblemas; los monogramas; los grabados; los estampados; los sellos; las imágenes; las bandas; las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases; los envoltorios; los envases; las combinaciones de letras y de números; las letras y números por su dibujo especial; las frases publicitarias; los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal capacidad.

En tal sentido se establece que será reprimido con prisión de tres  meses a dos años pudiendo aplicarse además una multa de un millón de pesos ($ 1.000.000) a ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000): # a) el que falsifique o imite fraudulentamente una marca registrada o una designación; b) el que use una marca registrada o una designación falsificada, fraudulentamente imitada o perteneciente a un tercero sin su autorización; c) el que ponga en venta o venda una marca registrada o una designación falsificada, fraudulentamente imitada o perteneciente a un tercero sin su autorización;  d) el que ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada. El Poder Ejecutivo Nacional actualizará anualmente el monto de la multa prevista sobre la base de la variación registrada en el índice de precios al por mayor nivel general, publicado oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.Publicado en El Ciudadano