20/3/15

Legislatura de Chubut: Propugnan derogar Ley adhesión provincial a la Ley Nacional de Inversiones para la Actividad Minera

Proyecto de Ley del diputado Anselmo Montes

Propugnan derogar la Ley de adhesión provincial a la Ley Nacional de Inversiones para la Actividad Minera

 

 

imageEl legislador provincial socialista Anselmo Montes Segovia (FPV) presentó un proyecto de Ley para derogar la Ley XVII N° 47 (antes Ley 3.866) por la cual la Provincia del Chubut adhiere a la Ley Nacional N° 24.196 de Inversiones para la Actividad Minera.

“Sin pretender hacer revisionismo histórico, sí resulta procedente para entender por qué es necesario recuperar la capacidad de decisión de los recursos naturales dentro de los límites de nuestra provincia, recordar la década de mayor profundización del liberalismo conservador de Menem y Cavallo, quienes contaron con la complicidad de grupos concentrados, de instituciones políticas, gremiales, sociales y culturales”, consideró el parlamentario.

“Va de suyo entonces que en dicha década no faltaron las manos en el Congreso de la Nación para sancionar leyes y aplaudir la definición presidencial que afirmaba que “han muerto las ideologías”. Es en esa etapa donde surge entre otras la Ley Nº 24.196 de Inversiones Mineras todavía vigente junto a otras que ya existían como la Ley Nº 21.526 denominada de Entidades Financieras sancionada el 14 de Febrero de 1977 por el gobierno de facto de Jorge Rafael Videla y su ministro José Martínez de Hoz bajo el denominado “Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”, y la Ley Nº 17.319 sancionada por el gobierno de facto, que presidia Juan Carlos Ongania, y su ministro de Economía, Adalberto Krieger Vasena, bajo la rimbombante denominación “Estatuto de la Revolución Argentina”, precisó Montes.

“El Compañero Víctor Oscar García Costa, referente nacional del socialismo, en una carta dirigida al entonces Presidente Carlos Saúl Menem entre otros párrafos expresaba que: “Es incorrecto tomar como modelo las nuevas actitudes políticas y económicas de las grandes potencias, pretendiendo trasladarlas a un país en vías de desarrollo, hoy ni siquiera eso, endeudado, empobrecido, del que su población huye porque no se le garantiza ni siquiera el trabajo. La Unión Soviética puede llevar a su suelo a la Fiat o a la Mc Donald porque tiene el poder suficiente para imponerles condiciones, obligarlas a cumplirlas y, en su defecto, sacarlas del país de un papirotazo. Lo mismo podría hacer Alemania o los Estados Unidos de Norteamérica, pero nosotros no. Cualquier compañía petrolera de los Estados Unidos, moviliza más dinero y tiene más poder que nuestro país. A esas compañías, la política liberal-conservadora de su gobierno, les abre las puertas de los teléfonos, los ferrocarriles, el petróleo, la minería, la petroquímica, el carbón, los recursos básicos de la economía, ignorando ese poder económico, financiero, político, militar y, sobre todo, corrupto y corruptor, de lo que hay múltiples ejemplos”, citó ilustrativamente.

Críticas sobre Ley de Inversiones Mineras

“Esas mismas empresas a las que se refiere Víctor Oscar García Costa, que hoy usufructúan los beneficios de la Ley Nº 24.196 de Inversiones Mineras, sancionada durante el Gobierno de Carlos Menem, permite el saqueo, la pérdida de soberanía, determina zonas de sacrificio ambiental y tiene menos presión tributaria que la que le aplican a un kiosco. Dicha Ley que pertenece al ámbito nacional fue sancionada el 19 de Mayo de 1993 y publicada en el Boletín Oficial Nº 27.645 del 24 de Mayo de 1993; como se puede advertir y verificar, la misma fue puesta en vigencia antes de la reforma constitucional de 1994”, adujo el legislador chubutense.

Proyecto de adhesión del gobierno de Carlos Maestro

“Este compendio de fechas no tiene por objeto un simple recuerdo anecdotario sino que prueba que el envío del proyecto de adhesión realizado por el gobierno de Carlos Maestro promoviendo la Ley XVII Nº47, sancionada el 6 de Julio de 1993, promulgada el 19 de Julio de 1993 y publicada en el Boletín Oficial el 27 de Julio de 1993, por la cual la Provincia de Chubut adhiere a la Ley Nacional Nº 24.196, denominada de Inversiones Mineras, promulgada el 19 de Mayo de 1993, no tenía obstáculo jurídico alguno. Es necesario poner de manifiesto que la citada Ley nacional en su artículo 4° segundo párrafo expresa: “Las provincias deberán expresar su adhesión al presente Régimen a través del dictado de una ley en la cual deberán invitar expresamente a las municipalidades de sus respectivas jurisdicciones a dictar las normas legales pertinentes en igual sentido”. La Provincia, a través de la Ley XVII N° 47, en su artículo 1° adhiere a la citada ley nacional pero no invita a los municipios a hacer lo mismo, esto dejaría liberados a cada uno de ellos”, consignó.

Derecho de dominio originario y eminente de los recursos naturales del Chubut

Tras aseverar que tras la reforma de la Constitución Nacional del año 1994, “no se recuperó la potestad provincial sobre los recursos naturales habilitados por el Artículo 124 in fine que sostiene: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”, el diputado Anselmo Montes aludió al Artículo 99º de la Constitución Provincial que establece el dominio originario y eminente de los recursos naturales del territorio y el mar”.

“En el marco de la manda constitucional corresponde a la Provincia recuperar la autonomía en la decisión que nos asiste en el derecho de dominio de los recursos naturales existentes en nuestro territorio, es que vengo a proponer la derogación de la Ley XVII Nº 47”, sostuvo en los fundamentos de su iniciativa el legislador Montes Segovia.-