1/3/12

Prensa Chubut: Buzzi formalizó su intimación a YPF

En el marco de las leyes nacionales y provinciales que regulan la actividad, el Gobierno del Chubut intimó a la petrolera a cumplir con sus compromisos contractuales.

BUZZI INTIMÓ FORMALMENTE A YPF Y LE DIO UN PLAZO DE SIETE DÍAS

El mandatario provincial agregó que “la intimación por decreto es el paso previo a dar por terminadas las concesiones si la empresa no presenta un plan de trabajo convincente en los próximos siete días”. La medida adoptada por Martín Buzzi se enmarca en atribuciones definidas por las constituciones nacional, provincial y leyes que regulan el manejo de los recursos naturales en las provincias.

A partir del informe producido por el Ministerio de Hidrocarburos y Petrominera Chubut S.E., el Gobernador Martín Buzzi firmó un decreto por el cual se intima a la empresa YPF S.A. a que “en el plazo de siete (7) días presente su descargo en relación con los incumplimientos de sus obligaciones en los que habría incurrido y presente un plan de trabajo adecuado y fundado para subsanarlos en un plazo razonable.”

“La intimación es para que honren el compromiso asumido con los chubutenses, la empresa puede considerarlo una oportunidad para subsanar lo que ha venido incumpliendo en términos de inversión en las concesiones que le corresponden”, señaló Buzzi.

Actualmente, YPF opera los yacimientos denominados El Trébol-Escalante, Campamento Central-Bella Vista Este-Cañadón Perdido, donde según el informe de la autoridad de hidrocarburos se detectó que la empresa no habría cumplido con obligaciones a su cargo en los términos de la Ley 17.319, en especial, a lo relativo a sostenimiento de la producción, evolución del horizonte de reservas e inversiones.

“Tenemos los recursos y las empresas concesionarias deberán cumplir con las metas de producción y con todas las obligaciones derivadas de los contratos”, expresó Buzzi.

La medida firmada por el Gobernador está fundamentada en los usos y atribuciones conferidos al Gobierno Provincial por los artículos 124 de la Constitución Nacional, que otorga a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en el territorio, así como en los artículos 91, 99 y 102 de la Carta Magna de la provincia del Chubut, además de las Leyes Nacionales número 17.319 y 26.197.

La Ley nacional N° 17.319 es explícita en su texto al prever que las concesiones o permisos caducan por incumplimiento sustancial e injustificado de las obligaciones estipuladas en materia de productividad, conservación, inversiones, trabajos o ventajas especiales. La misma ley estipula que, previamente a la declaración de caducidad, la Autoridad de Aplicación intimará a los permisionarios y concesionarios para que subsanen dichas transgresiones en el plazo que se determine.